La Corte Constitucional en la Sentencia T-262 del año 2022, protegió los derechos de un menor al encontrar que se presentaron barreras administrativas frente a la solicitud del niño de cambiar la cuenta bancaria en la cual se consignaba el pago de la mesada pensional de sobrevivientes a la que tenía derecho.
Lo más particular del fallo de la Corte Constitucional que concede la protección de los derechos del menor, es que le explicaron la sentencia a su favor en lenguaje fácil.
La Corte ordenó en la Sentencia T-262 del año 2022, que se le consigne el porcentaje de lo que le corresponde de la mesada a la cuenta de la abuela del niño, mientras se resuelve quién queda con la potestad parental del menor, para evitar que se presenten más barreras.
Aunque el niño tenía el derecho de recibir la mesada pensional de sobrevivientes después de la muerte de su madre en un accidente de tránsito, esta estaba siendo consignada al padre, quien se encontraba detenido en un centro penitenciario después de ser acusado de presunto abuso sexual contra el menor.
Entendiendo que se trata de un niño que requiere explicación de la determinación jurídica, la Corte le detalló sus derechos en un lenguaje fácil y claro. Este pronunciamiento abre la puerta de la administración de justicia a ciudadanos que no comprenden el lenguaje técnico y es un ejemplo de acercar al ciudadano al juez.
Es decir que este fallo abre la puerta para que en un futuro la Corte expida sentencias en otros sistemas de escritura para la total comprensión de sus sentencias, tales como el braille para personas con discapacidad visual, legua de señas para personas con discapacidad auditiva o lenguas indígenas para esta población.
Por ejemplo, la Corte Constitucional en la Sentencia T-473 de 2003 y en la Sentencia T-487 de 2003 en la que fui el demandante, señaló que a los invidentes que saben leer por medio del sistema Braille, se les debe permitir votar haciendo uso del mismo.
De igual manera, la Ley 2090 de 2021, aprobó el Tratado de Marrakech que es un histórico Tratado para los ciegos del país que permitirá la producción y circulación de obras accesibles, produciendo un cambio fundamental en el acceso a la información y a la lectura de las personas con discapacidad visual de Colombia.
Esa sentencia me recuerda que en el Comité de Seguimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en las sesiones de trabajo se pasaba el material a sistema braille y al lenguaje sencillo de acuerdo al artículo 2 de la Convención Ley 1346 de 2009.
De esta manera, encontramos algunos extractos del pronunciamiento de la Corte Constitucional en la Sentencia T-262 de 2022, que ilustran como utilizar un lenguaje comprensible sin tecnicismos jurídicos:
“Hemos conocido tu situación. Sabemos que vives con tu abuelita y tu abuelito, a quienes quieres mucho. Sabemos también de las situaciones que viviste con tu papá y que probablemente eso te hizo sentir incomodo, triste y molesto.
Después tuvimos conocimiento de que, aunque tu mamá no está contigo, ella te dejó un dinero para que puedas estudiar, comer, jugar y divertirte. También nos enteramos de que no estabas recibiendo ese dinero. Por eso, los jueces tomamos algunas decisiones para proteger tus derechos”.
Como podemos leer, la Corte Constitucional en este fallo, hizo un importante esfuerzo para que un niño comprendiera el verdadero alcance de la sentencia T-262 de 2022, escribiéndola en lenguaje fácil, abriendo la puerta a otros sistemas de escritura o comunicación.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp