Los asuntos que envuelven al Gobierno Corporativo han tenido su evolución histórica, por una parte, en respuesta a las dinámicas propias de los negocios, y por la otra, a coyunturas de la economía global y local que terminan afectando las empresas y los intereses de la sociedad.
Algunos sostienen que los inicios del enfoque moderno del Gobierno Corporativo tienen lugar en 1890, en los Estados Unidos, con la Ley Sherman de Antitrust, creada para limitar el poder de los monopolios a través de la prohibición de prácticas anticompetitivas.
Con la Gran Depresión del 29, la regulación estadounidense aprobó la Ley de Valores de 1933 y de la Bolsa de Valores en 1934, buscando garantizar la transparencia de la información financiera para la protección a los inversionistas.
Sin embargo, el término “gobierno corporativo” apareció por primera vez en 1976 en el Registro Federal y ese mismo año se exigió que los emisores de valores tuvieran un comité de auditoría independiente.
Vemos entonces cómo se evoluciona a que un “buen gobierno corporativo” signifique más que la garantía de la rentabilidad, cuando se establece que todo lo relativo al compliance garantice la transparencia de la información financiera para evitar la manipulación de los mercados.
Viene luego la OCDE con su concepto de “administración de los inversionistas”, en el sentido en que estos deben imponerse frente a las empresas en cuanto la rendición de cuentas y a su ineludible compromiso con la sostenibilidad.
Este camino lleva a que hoy en día los principios rectores de la gobernanza empresarial se hayan sofisticado. Las empresas a la vanguardia son aquellas capaces de integrar los postulados clásicos del buen gobierno corporativo, con las prácticas que tengan como prioridad beneficiar a las partes interesadas en la preservación del medio ambiente y en general con el cumplimiento de la agenda 2030.
Es así como la G se constituye en la matriz de la sostenibilidad empresarial, porque de ella emanan las políticas ambientales y sociales y porque las empresas deben ser responsables por los incumplimientos en dichas materias. Detrás de esta responsabilidad están quienes son tomadores de las decisiones y fijan la estrategia de una compañía.
La regulación avanza: A partir del 2024, las compañías emisoras en Colombia deberán reportar en sus estados financieros el impacto de sus metas ambientales y con seguridad se comenzarán a contemplar regulaciones ESG vinculantes para las organizaciones.
Por lo anterior, el cumplimiento de los criterios ESG, como esenciales en los modelos de negocio, dependen de su gobierno corporativo llamado a darle materialidad a cada una de esas letras.
Dicho lo anterior y como lo he definido en otras columnas, estamos ante una especie de “Revolución de la Sostenibilidad” que implica que las organizaciones se asesoren bien en lo jurídico para la implementación de buenas prácticas G.
En conclusión, la G manda. Sin esta no hay E ni S que valgan.
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