No es fácil ese cambio y que bueno sería atacar actos inútiles que aún persisten, por ejemplo para que un inventario solemne de bienes que se pide del padre de algún menor que desea contraer nupcias o consolidar la unión marital con una persona diferente a la madre del menor, cuando no tiene bienes del menor en administración. Resulta que a esa persona le piden que inicie un tramite judicial o notarial única y exclusivamente para que se nombre un curador especial de la lista de inscritos como auxiliar de la justicia para que a nombre del menor manifieste que el padre no tiene bienes en administración. Diligencia esta, que en los despachos judiciales (cuando están laborando) dura más o menos 2 meses, para designarlo y posesionarlo. Dicho auxiliar que lógicamente no tiene conocimiento de la vida de el menor ni del padre del mismo, recibe unos honorarios que sumados a los costos del abogado y los gastos notariales pueden estar cerca de los dos salarios mínimos legales mensuales vigentes , por solo acreditar con su palabra que no hay bienes.
No sería más claro, sencillo y contundente que el padre lo manifieste en el escrito de solicitud o mediante una declaración bajo juramento? Apoyado en el principio constitucional de la buena fe, y evitar en esa forma dispendiosas figuras como la ya comentada.
La frase que mas carrera ha hecho en la burocracia de la administración pública y que es la causal de tantos males es “aquí siempre se ha hecho así”, con la cual estrenan básicamente a las nuevas administraciones, y si no se toman el trabajo de establecer el fundamento jurídico o normativo que soporta la expresión, seguramente seguirá siendo así. Pero, a su vez esa frase lapidaria no sólo es usada con el nuevo directivo sino con el usuario, el cual lógicamente lo que necesita es que se le resuelva su asunto y de manera silenciosa acude a atender el requerimiento inútil consolidando en esa forma lo que el burócrata le afirmo: así siempre se hace aquí.
Por ejemplo, el articulo 9 del decreto en su parágrafo dice:
A partir del 1 de enero de 2013, las entidades públicas contarán con los mecanismos para que cuando se esté adelantando una actuación ante la administración y los documentos reposen en otra entidad pública, el solicitante pueda indicar la entidad en la cual reposan para que ella los requiera de manera directa, sin perjuicio que la persona los pueda aportar. Por lo tanto, no se podrán exigir para efectos de trámites y procedimientos el suministro de información que repose en los archivos de otra entidad pública.
¿Estarán ya las entidades cumpliendo con este mandato? O ¿los servidores públicos capacitados y preparados para dar cumplimiento a este requerimiento?, no me gusta ser pesimista pero creo que escasamente un porcentaje esta cumpliendo un poco con la primera parte de este artículo que a la letra dice “Cuando se esté adelantando un trámite ante la administración, se prohíbe exigir actos administrativos, constancias, certificaciones o documentos que ya reposen en la entidad ante la cual se está tramitando la respectiva actuación”.
Estimo que mas que el decreto es necesario continuar con una pedagogía del buen servicio y con estímulos claros que por ejemplo en el sistema de evaluación del desempeño se tienen previstos como experiencias exitosas de los servidores públicos a fin de hacerle un poco mas fácil la vida a los usuarios, por que desafortunadamente esos servidores negligentes olvidan que ellos y su familia algún día también son usuarios.
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