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OPINIÓN

Antitrust y desigualdad social

06 de mayo de 2019

Gabriel Ibarra Pardo

Socio de Ibarra Rimon
Canal de noticias de Asuntos Legales

El pasado 24 de abril, el nobel de economía Joseph Stiglitz sostuvo en una entrevista que una de las causas de la desigualdad social en EE.UU. es la concentración del poder de mercado, por lo que hizo un llamado a abordar la problemática desde las normas de libre competencia.

En oportunidad anterior, Stiglitz ya había expresado que el aumento en las cifras de desigualdad desde los ochenta, es resultado de la adopción de la postura de libre mercado defendida por la Escuela de Economía de Chicago, que llevó a normas de competencia descatolizadas, en un mercado donde las grandes empresas creaban barreras de entrada y crecían al adquirir a competidores más pequeños. Señala que cuando la concentración del mercado es alta, los consumidores se ven afectados por la reducción de sus alternativas de elección y por incrementos en los precios de venta al público, lo que genera beneficios para los proveedores.

Para el economista, las normas relativas a integraciones empresariales deben ser actualizadas en aras de disminuir la desigualdad social.

Estas manifestaciones del profesor Stiglitz no están exentas de controversia y menos si se considera que se trata de un tema que no admite posiciones dogmáticas y que está lleno de matices.

Así, para Daniel A. Crane, uno de sus críticos, aun cuando puede ser cierto que en los mercados altamente competitivos existe más innovación, precios más bajos y mayor producción, ello no necesariamente conduce a reducir la desigualdad.

Agrega que la postura de Stiglitz parte de dos suposiciones desacertadas: que los accionistas son más adinerados que los consumidores, y que esa circunstancia se acrecentará a medida que se transfieran más recursos de éstos a aquéllos. Al respecto, indica que, en EE.UU., la participación accionaria se encuentra atomizada y ampliamente distribuida, de ahí que los intereses de la clase media -y, por tal, de los mismos consumidores- están representados en la repartición de utilidades.

También resalta que el sistema tributario es de recaudo progresivo: al obtener mayores ingresos, los agentes deben pagar impuestos más altos, y su contribución ascendente propende en sí misma por la redistribución de la riqueza. Por último, señala que organizaciones de derechos civiles y sindicatos han promovido integraciones ante la autoridad, lo que evidencia el beneficio esperado por ellos. (AT&T - T-Mobile, American Airlines - USAir).

A estos argumentos se suman las consideraciones de Martin Gaynor, ex Economista Jefe de la Federal Trade Commission, y Fiona Scott-Morton, ex delegada para asuntos económicos del Department of Justice, en la revista Global Competition, quienes sostienen que las normas de competencia no son la herramienta para abordar la desigualdad. Esa fue, de hecho, la posición de las autoridades de competencia durante el gobierno de Obama, en donde la desigualdad fue un factor completamente irrelevante en la aplicación del régimen de competencia. En lugar de ello, se acogió una postura de mínima interferencia en mercados eficientes, por lo que no se modificaron las normas relativas a integraciones empresariales.

Finalmente, el control al tamaño de las empresas, además de las inquietudes que una aproximación de esta naturaleza puede generar desde la perspectiva de la iniciativa privada, puede llevar a deseconomías de escala, lo que va en detrimento de la eficiencia económica y del consumidor.

Aquí nadie tiene la última palabra y será menester estar atento a los desarrollos de esta controversia.

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