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OPINIÓN

El libre comercio, la guerra y la paz

15 de julio de 2024

Gabriel Ibarra Pardo

Socio de Ibarra Rimon
Canal de noticias de Asuntos Legales

El pasado 24 de junio, El Consejo de la Unión Europea adoptó un nuevo paquete de sanciones contra Rusia que es el decimocuarto de este tipo desde la invasión de ese país a Ucrania.

No obstante, las restricciones no comenzaron con la ocupación a Ucrania, sino que se remontan a 2014 cuando la Unión Europea impuso sanciones a Rusia a raíz de la anexión ilegal de Crimea y de una serie de acciones coordinadas por Rusia para apoyar a los movimientos separatistas en las regiones de Donetsk y Lugansk.

Aunque inicialmente, las medidas se dirigieron contra funcionarios rusos a quienes se les congelaron sus activos y se les prohibió la entrada en territorio europeo, con el tiempo y el escalamiento del conflicto, estas medidas se han agudizado y han adquirido un muy amplio espectro.

Así, en el marco de las relaciones económicas internacionales se han impuesto embargos o prohibiciones de exportar minerales de manganeso, compuestos de tierras raras, plásticos, maquinaria de excavación, monitores, equipos eléctricos como amplificadores de microondas, grabadoras de datos de vuelo, vehículos todoterreno y ciertas partes de vehículos.

Esta nueva tanda de restricciones conllevó la adición de 61 entidades al listado de colaboradores del complejo militar e industrial ruso, lo que resultó en un fortalecimiento de los controles de exportación. La lista abarca empresas originarias de China, Hong Kong, Turquía, Kirguistán y los Emiratos Árabes Unidos, sobre las que se aplicaron sanciones por estar involucradas en el suministro de materiales, tecnología y servicios para el sector militar ruso.

Se reforzaron también las denominadas disposiciones de “no reexportación a Rusia” que buscan conjurar el riesgo de elusión y burla, de las restricciones, que se realiza mediante la triangulación de exportaciones de bienes, hacia Rusia, a través de terceros países.

Con anterioridad a este nuevo paquete, las medidas punitivas se limitaban a empresas radicadas en la Unión Europea. Ahora ellas se han extendido incluso a compañías subsidiarias no pertenecientes a la UE.

Además, se prohibió la operación de empresas de transporte terrestre cuyo porcentaje accionario de origen ruso ascienda, al menos, a un 25%. Lo anterior puede afectar a las empresas colombianas con operaciones en la UE, toda vez que, las relaciones comerciales con estas compañías podrían llevarlas a quebrantar el régimen de sanciones internacionales.

Las restricciones anteriores reflejan, una vez más, que la geopolítica es la que está marcando la pauta, de manera decisiva, de las relaciones comerciales multilaterales en estos tiempos tan convulsionados. Ello hace prever que, en el futuro cercano, se agudice la tendencia hacia la conformación de bloques y que el libre comercio se restrinja a aquellos países que tengan una afinidad política, y más aún, que cuenten con los mismos estándares ambientales.

Se avizora, entonces, que el panorama que le espera al sistema multilateral de comercio no es nada optimista.

Tradicionalmente, las restricciones comerciales han sido un factor estrechamente ligado a los conflictos bélicos y de ahí que hoy en día estén más vigentes que nunca las palabras de Cordell Hull, secretario de Estado en la administración de Franklin D. Roosvelt, quien, en su época de congresista, expresó:

“Cuando llegó la guerra en 1914, muy pronto me impresionaron dos puntos, que no se podía separar la idea del comercio de la idea de la guerra y la paz (…) Para mí, el comercio sin trabas se integraba con la paz; los altos aranceles, las barreras comerciales y la competencia económica desleal, con la guerra.”

*Gabriel Ibarra Pardo, Socio de Ibarra Rimón

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