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OPINIÓN

Los líos de la cerveza en Europa

23 de diciembre de 2017

Gabriel Ibarra Pardo

Socio de Ibarra Rimon
Canal de noticias de Asuntos Legales

AB InBev, la mayor empresa cervecera en el mundo, dueña de Bavaria, vive momentos de dificultad en Europa por presuntamente implementar estrategias comerciales encaminadas a restringir la libre circulación de sus productos, razón por la cual la Comisión Europea (CE) formuló el pasado mes de noviembre pliego de cargos en su contra.

En su decisión, la Autoridad señaló concretamente que AB InBev habría buscado impedir la reimportación a Bélgica de sus cervezas “Jupiler” y “Leffer”. Lo anterior, en razón de que las cervezas referidas se vendían a un menor precio en territorio holandés y francés respecto del fijado para el mercado belga. La CE manifestó que cuenta con pruebas suficientes para demostrar que el acusado modificó las leyendas consignadas en las etiquetas de sus productos, al eliminar el texto en francés de las latas vendidas en Holanda y la información en holandés del producto que circulaba en Francia.

También, indicó que la compañía habría reducido la oferta del producto a sus distribuidores holandeses con el fin de que solo pudieran atender la demanda interna y eliminar de tajo la posibilidad de que tuvieran excedentes de inventario que pudieran ser exportados a Bélgica.

La apertura de esta investigación ha generado gran controversia, toda vez que hay quienes afirman que las conductas imputadas no constituyen necesariamente una violación a las normas de competencia de la Unión Europea. Agregan, además, que la cerveza no es un bien incluido en la canasta básica, por lo que AB InBev está en libertad de decidir si vende o no sus productos en ciertos países, sin que ello represente un detrimento en el bienestar de los consumidores o un perjuicio para los distribuidores.

Adicionalmente quienes cuestionan a la CE, señalan que no es anticompetitivo que la compañía decida ajustar su oferta en algunos territorios sino, que por el contrario, las normas de competencia deben proteger el libre funcionamiento de la empresa y permitirle diseñar estrategias para obtener beneficios de su actividad económica.

Sostienen, también que los agentes económicos cuentan con total autonomía para modificar las etiquetas de sus productos, e incluso, cobrar un “premium” por ciertos empaques, sin que ello signifique una transgresión de la ley.

Bajo estas premisas, AB InBev estaría habilitado para crear una lata diferente para cada mercado, toda vez que se trata de una dinámica usual en este tipo de negocios. También sostienen que mal podría prohibirse a la empresa implementar diferentes presentaciones, si el etiquetado utilizado cumple con los contenidos mínimos que exige la ley del país en que los productos serán distribuidos.

Esta investigación es una muestra de que la aplicación de la ley de competencia está más lejos de obedecer a posiciones categóricas y absolutas, y que cada día los criterios que rigen su aplicación se tornan más relativos, hasta el punto que es difícil determinar dónde están los límites dentro de los cuales se deben mover los agentes económicos para no infringir este tipo de normas.

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