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OPINIÓN

Días cívicos: Impacto y consecuencias en las relaciones laborales

20 de julio de 2024

Gloria Ávila Méndez

Abogada asociada Godoy Córdoba

gavila@godoycordoba.com
Canal de noticias de Asuntos Legales

El pasado 15 de julio el Gobierno Nacional declaró el “Día Cívico de la Convivencia y la Celebración Deportiva”, una oportunidad para celebrar el posible triunfo de la selección Colombia en la Copa América -que ya todos sabemos el desenlace de este sueño-. El día cívico no es un término común y causó preguntas en los colombianos, por lo que en los siguientes párrafos vamos a explorar más sobre este concepto y a entender por qué su falta de regulación hace que sus implicaciones sean poco claras, y por ende tengan un impacto negativo en las relaciones laborales.

El día cívico en Colombia no está regulado, pero a lo largo de la historia se ha usado el término para referirse a la celebración de un suceso nacional, departamental o municipal con un día adicional de descanso remunerado.

Suena similar a un día festivo, en el que los trabajadores tienen derecho al pago de un recargo por hora laborada. Sin embargo, NO son lo mismo. La Ley 51 de 1983, que aplica para los trabajadores del sector público y privado, definió expresamente los festivos en Colombia y restringe los allí indicados, de manera que los días cívicos no pueden considerarse ni tener el tratamiento de un día festivo.

Ahora, ya habiendo dejado en claro que un día cívico no es un día festivo, entramos al tema de sus efectos en el ámbito laboral. En primera medida, su efecto difiere en el sector privado, pues la norma sólo aplica para servidores públicos de algunos sectores. Esto afecta en la medida que el Gobierno realiza un anuncio en medios de comunicación de forma indiscriminada, lo que lleva a que los trabajadores privados y de sectores que no pertenecen a los definidos en el Decreto tuvieran la expectativa frustrada de disfrutarlo.

Comunicar estos mensajes de forma genérica afecta de manera negativa las relaciones laborales y el clima de las empresas, pues la sensación de los trabajadores es que no se les permitió “vivir la fiesta del fútbol” o que se está “incumpliendo con la ley”. Más grave aún, se abre la posibilidad de que piensen que no se les pagó el recargo por trabajo festivo al haber laborado el día cívico, lo que finalmente tiene un efecto negativo en la motivación y productividad.

Adicionalmente, Colombia está en el TOP 5 de países latinoamericanos con más días de descanso. Por un lado, 19 días festivos, una jornada familiar semestral y los días reconocidos en año electoral; y ahora, por el otro, adicionarle días cívicos, que sólo en medio año ya fueron 2 , afectaría significativamente el desarrollo normal de las empresas, que en su planeación y compromisos no pueden prever este tipo de ausentismos.

En conclusión, los días cívicos se convierten en una medida populista que no aplica al sector privado y que no beneficia las relaciones laborales. Sin desconocer el gran desempeño de nuestra Selección Colombia y el ambiente de fiesta y unión que vivimos en sus juegos, el Gobierno podría hacer uso de otros mecanismos para apoyar el deporte. Por ejemplo, reconocer los incentivos económicos a los deportistas de alto rendimiento para participar en los Juegos Olímpicos, o desde lo laboral, propiciar espacios que permitan mayores y mejores oportunidades laborales a nuestros deportistas.

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