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OPINIÓN

¿Y los puertos para el gas?

03 de julio de 2024

Hemberth Suárez Lozano

Socio fundador de OGE ENERGY

info@oge.com.co
Canal de noticias de Asuntos Legales

Me permiten un comparativo, en Colombia tenemos los pasajeros que somos los consumidores pagadores del gas, quizá tenemos el avión, que serían los barcos que nos entregarán el gas importado. Pero carecemos de aeropuertos, es decir, sin infraestructura de importación de gas natural licuado no solucionamos nuestro déficit de gas en Colombia. No nos falta nada.

En materia de gas natural la realidad que volvió a surgir, porque la conocemos, solo que cada cinco años es que la reconocemos, es que necesitamos más inversionistas en la actividad de la exploración y producción de gas, y, que necesitamos infraestructura de importación de gas natural, puertos u otras facilidades.

De manera temporal una parte de la solución es flexibilizar las reglas de comercialización de gas, pero, la otra gran parte de la solución es flexibilizar los permisos y reglas para las concesiones portuarias, y quizá de esa manera logremos tener más puertos para la importación de energéticos.
Recientemente se expidió la Resolución CREG 102 707 de 2024, en donde la CREG aflojó las reglas del mercado de gas para que en el mercado primario se celebren contratos de suministro con duración diaria y/o mensual, de esa manera se espera incrementar la oferta de gas a 3,5 veces más de lo que hoy se oferta con la regla de contratos a mínimo un año.

Y es que producir, tratar y utilizar gas natural enfrenta retos, uno de ellos resultó ser que el vendedor esté obligado a entregar gas en plazos mayores a un año, por lo que el regulador decidió flexibilizar sus reglas en el sentido de permitir que los vendedores celebren contratos de suministro en firme con duración menor a un año, pueden ser diarios o semanales.

El cambio tiene sentido, y es que, si usted como vendedor tiene un producto que por ley solo puede comprometerse a venderlo mínimo un año, pues la misma ley le está creando una restricción porque quizá usted tiene suficiente producto para vender, pero no tanto como para que lo obliguen a vender al menos durante un año. Si tiene producción para menos tiempo, deberían permitirle vender para el tiempo que su producción se lo permita, un día, una semana o un año. Eso fue en lo que aflojó la CREG.

En situaciones apremiantes, como la que vivimos el año pasado en cuanto a la oferta del gas, y en donde la competencia cede frente al déficit, es bueno que se adoptan medidas flexibles o lo que es lo mismo, se ablanden un poco las reglas. Y eso es muy bueno porque demuestra que nuestra regulación es sensible ante las situaciones del mercado y no está petrificada. No es vainazo político.
La pregunta es si son suficientes las medidas regulatorias adoptadas. Pienso que no, y no lo son porque la angustia nos durará hasta que llegue otro fenómeno de El Niño. Por tal razón, lo que debemos acelerar es que se importe gas natural. Bien sea a través de barcazas, vejigas o unidades flotantes de almacenamiento y regasificación, de cualquier forma, pero tenemos que importar gas. Por eso, ¿Y los puertos para el gas?

*Hemberth Suárez Lozano, Socio fundador de OGE ENERGY.

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