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OPINIÓN

Propiedad intelectual en Japón, motor de innovación

21 de diciembre de 2021

Jorge Ortega Cruz

Asociado Martínez Báez Consultores

jortegaius@hotmail.com
Canal de noticias de Asuntos Legales

En nuestras economías latinoamericanas, no es muy común el llevar a cabo trámites para la obtención de protección de invenciones, es decir, patentes, al menos es lo que señalan los estudios realizados por nuestros entes administrativos y de estadística, siendo en su mayoría de origen externo a nuestra región.

Caso contrario ocurre en el continente Asiático y en este caso el motivo de estudio el japonés. No deja de ser curioso el orden de número de trámites realizados en Japón, indicando de mayor a menor por su cantidad los siguientes; derechos de patente, modelos de utilidad, de diseño, de marcas y
finalmente derechos de autor.

La Ley de Patentes japonesa ha sido modificada recientemente mediante normas que entraron en vigor el año pasado en el mes abril, relacionadas con estimaciones de daños, con el objetivo de cubrir el resarcimiento de los titulares de patentes. !Los nuevos preceptos legales otorgan al titular una indemnización por daños y perjuicios por una cantidad que resulta de la ganancia unitaria del producto del titular, multiplicada por cada uno de los productos registrados en ventas con la limitante de no sobrepasar el valor de la patente.

Además, el titular tiene derecho a percibir regalías por el número de productos aun si excede la capacidad de venta del propio titular, lo cual contrapone el límite señalado dejando que un tribunal en su caso indique una regalía
que sea hipotéticamente acordada por las partes, una vez comprobada su ilicitud.

Otra de las enmiendas más reciente que ha entrado en vigor en este año, es la referente a la creación de una nueva forma de recopilar pruebas, es decir, que el tribunal puede expedir una orden de inspección bajo ciertas condiciones y motivos que induzcan a sospechar de la infracción y de la necesidad de
ésta, toda vez que el demandante carece de otros medios para llegar a tal comprobación del hecho.

Dicha inspección está enfocada en la designación de un inspector ajeno a las partes, esta designación debe ser bajo la solicitud de una de las partes, por lo que un tribunal tiene la posibilidad de designar un inspector neutral que haga la inspección de archivos, dispositivos u otros materiales de la contraparte y
presentar un informe al tribunal.

Dentro de aspectos judiciales de patentes en Japón, se encuentra que los Tribunales de Distrito de Tokio y Osaka son los competentes en primera instancia en los casos de infracción de patentes, con relación a la sede de alguna de las partes, así como del lugar del hecho de la infracción. Los Tribunales de Distrito, se componen por un panel de tres jueces, quiénes son los que conocen del caso, si se trata de una infracción de patente se asigna a una división encargada de asuntos en materia de propiedad intelectual,
con lo cual existe una familiaridad con la resolución de conflictos de infracción de patentes.

El panel puede ser asistido por un funcionario investigador del tribunal y por un representante de la Oficina de Patentes en Japón (Japan Patent Office) o por un abogado experto.

Respecto de la apelación será atendida por el Tribunal Superior de Propiedad Intelectual, que consta de un panel de tres jueces, sin embargo, de forma excepcional puede ser un panel de cinco jueces si está justificado debido a la importancia del asunto. Con lo anterior, observamos una detallada protección
respecto de la protección de la innovación, en virtud de la importancia dentro del desarrollo y evolución económica de Japón.

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