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OPINIÓN

La moraleja de WhatsApp y sus políticas de privacidad

20 de enero de 2021

José Luis Jerez Rosanía

Socio y Managing Partner de Cáez Muñoz Mejía Abogados
Canal de noticias de Asuntos Legales

Bastante revuelo ha generado a nivel global la noticia sobre la nueva política de privacidad de WhatsApp, cuya fecha inicial de actualización era a partir del 8 de febrero. La aplicación de mensajería le informó a sus usuarios que quienes no aceptaran sus términos y condiciones quedarían bloqueados para el uso de la plataforma. Sin embargo, gracias a la polémica y dudas que se generaron por parte de los usuarios, WhatsApp decidió postergar esta fecha hasta el 15 de mayo, con el fin de divulgar de una mejor manera los cambios y evitar la desbandada de usuarios que se estaba presentando a nivel global.

Es importante tener presente que WhatsApp es una de las aplicaciones más descargadas en Google Play y App Store a nivel global, con más de 2.000 millones de usuarios y cifras que rondan los 500 millones de usuarios activos, 55 millones de llamadas de video y más de 340 millones de minutos de retransmisión de videos cada día, con presencia en aproximadamente 180 países. Esta aplicación que fue adquirida por Facebook en 2014.

El descontento que esta noticia ha venido generando -en parte debido a la desinformación que se dio en la publicación de los nuevos términos y condiciones, y porque no, en la forma como esta fue divulgada por parte de los administradores de la plataforma- se fundamenta en criterios tales como la forma en que se utilizará o compartirá la información de los usuarios con el conglomerado de Facebook, los datos de ubicación, compras, pagos, contactos, datos del navegador, dirección IP, número telefónico, la interacción en la aplicación, comunicaciones, entre otros, situación que ha llevado a cuestionar la cantidad de datos que recopila esta aplicación y el uso que se le da por parte de los Responsables en su tratamiento.

Los nuevos términos y condiciones publicados por WhatsApp prendieron además las alertas de las autoridades en materia de protección de datos personales, generando que el 16 de enero la SIC requiriera a esta empresa, a través del envío de un cuestionario, para comprobar de manera objetiva si le está dando cumplimiento a la normatividad vigente y determinar la apertura o no de una investigación administrativa, cuyo resultado sería la protección de los titulares de la información y la correcta aplicación de la regulación nacional.

Sin embargo, la moraleja de estos hechos no es determinar si WhatsApp está obrando o no de conformidad con la regulación existente (eso solamente podrá determinarlo la autoridad compete

nte). El mensaje de fondo está en la necesidad y capacidad que debemos tener todos los titulares de la información de proteger y velar por el correcto uso de nuestros datos personales, lo cual nos lleva a una reflexión que tiene dos caras. Por un lado, los Responsables y Encargados (empresas que recolectan y tratan la información) deben comunicar de manera clara, oportuna y suficiente sus políticas para el tratamiento de nuestros datos, evitando así un impacto reputacional que termine afectando comercialmente a la empresa, junto a las contingencias legales que esto pueda acarrear. Por otro lado, los Titulares de la información debemos ser conscientes del valor personal y comercial que tiene nuestra información y debemos velar porque el uso que las empresas le den sea el adecuado conforme a nuestros intereses y necesidades particulares, lo que nos convierte en titulares informados que exigen y se preocupan por el manejo de sus datos personales, generando una cultura que debe redundar en la correcta aplicación de la normatividad existente y en la coercitividad social que esto impone a los Responsables de la información.

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