En noviembre de 2008, bajo el seudónimo de Satoshi Nakamoto, se publicó el documento denominado ‘Bitcoin: A Peer-to-Peer Electronic Cash System’, un documento de nueve páginas que cambió la concepción de la moneda. Dicho documento detalla los métodos de emisión y transferencia de unidades digitales encriptadas para efectuar transacciones monetarias.
Los criptoactivos se presentan en el mercado como un medio de intercambio digital encriptado custodiado y transferido en sistemas de redes distribuidas. El sistema funciona de par a par validado por todo el ecosistema.
Para una correcta aproximación a los criptoactivos tipo bitcoin, debe comprenderse que no existe un activo subyacente que los respalde ni tampoco un tercero acreditado que los valide. La privacidad y el anonimato junto con su carácter descentralizado aunado al número de usuarios da su valor.
En enero de 2009, la red bitcoin entró en funcionamiento con la publicación del software para los clientes y la emisión de las primeras 50 Bitcoins -Genesis block-. Lo que empezó como un desarrollo práctico del documento de Eric Hughes A Cypherpunk’s Manifesto de 1993, hoy se traduce en un activo virtual con un valor total de capitalización de más de $133 billones. En 2011, un bitcoin equivalía a menos de un dólar, hoy su valor en promedio es de US$10.000 lo que lo ubica como el activo con mayor valorización en la historia.
La cuarta revolución industrial --la era de la digitalización- no ha pasado desapercibida en Colombia. Según la BBC (British Broadcasting Corporation), Colombia se convirtió en el país de América Latina en el que más crece la compra y venta de bitcoins. De hecho, Localbitcoins, uno de los sitios más grandes de compra y venta de Bitcoins de persona a persona, indicó que las transacciones hechas con pesos colombianos crecieron 1.200% durante 2018. Según Colombia Fintech, el mercado de criptoactivos local representa más de US$500.000 diarios.
A pesar de la relevancia que ha adquirido el mercado de los criptoactivos, el gobierno se ha enfocado en tratar la situación de una manera conceptual negando su caracterización como moneda y evitando cualquier discusión de fondo relativa a la dirección que institucionalmente debe darse a este fenómeno.
Prueba de lo anterior es el frustrado Proyecto de Ley 268 del 2019 que contenía un primer intento de contar con prestadores acreditados de servicios de intercambio de criptoactivos con el fin de otorgarle ciertas garantías al consumidor.
Lejos de las infértiles discusiones del gobierno con el fin de identificar si ethereum, litecoin, o bitcoin son, o no, monedas asimilables al devaluado peso colombiano, la atención se debería centrar en como potencializar este nuevo mercado para que parte de las ganancias de los jugadores sean transferidas a la colectividad junto con la generación de un espacio informado y flexible para desarrollar las oportunidades de esta nueva plaza de negocios.
Ahora bien, el pasado 29 de julio, se presentó el Proyecto de Ley 097 de 2019, por medio del cual se intenta, nuevamente, ‘regular los servicios de intercambio de criptoactivos ofrecidos a través de las plataformas de intercambio de criptoactivos’. Ciertamente espero que en esta oportunidad exista la voluntad legislativa para tramitar positivamente este proyecto. Mantener el estatus actual de los criptoactivos solo concentra las ganancias en escenarios extranjeros e incentiva la creación y fortalecimiento de estructuras ilegales tipo pirámide.
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