En materia de facilitación aduanera, es claro que los usuarios de comercio exterior cumplen un rol fundamental en este objetivo al participar directamente en la actividad. De hecho, el proyecto de nuevo estatuto establece una categoría denominada expresamente “usuarios de confianza” y robustece la figura internacional del Operador Económico Autorizado (OEA) en el país.
La facilitación misma exige establecer criterios claros y beneficios para los importadores y exportadores seleccionados como de “confianza”, sin perder de vista la necesidad de evitar que esta denominación se convierta sólo en un trámite que únicamente se deba validar cada cierto tiempo. Así mismo, la administración debe ser consciente de que esto no implica, por ejemplo, que entre un usuario y la administración no puedan existir diferentes criterios de interpretación.
Es preciso resaltar además que el hecho de que unos importadores y exportadores tengan unas calidades especiales no puede tener como efecto que no exista confianza con los otros importadores o exportadores que no se encuentran categorizados como de “confianza” o no sean todavía OEA. La facilitación debe permitirle a la Dian generalizar eficiencias con todos los agentes de comercio exterior, no generar una discriminación que puede tener serios efectos en el mercado y la competencia.
Un ejemplo de cómo la Dian puede generalizar eficiencia se encuentra en la figura del OEA. La misma actualmente sólo está prevista para los exportadores que cumplan con ciertas condiciones.
El OEA exige que cada uno de estos exportadores deba tener unos asociados de negocio en toda su cadena logística. Cada uno de estos asociados, que por el estado actual de la regulación todavía no pueden ser OEA, deben garantizar a ese exportador la identificación de focos problemáticos en cada una de las áreas de su actividad generando unos parámetros para prevenir estos riesgos o tener una capacidad de reacción inmediata que permita corregirlos. La lógica es que cada asociado tiene una especialización que agrega un conocimiento específico y le permite al OEA generar confianza frente a la Dian.
La eficiencia debería ser que en un futuro la participación como asociados de negocio de un OEA, que en la actualidad implica además de la responsabilidad contractual la suscripción de programas de ética empresarial o de códigos de conducta en materia de comercio exterior, sea objeto de consideración por la propia autoridad y facilite el reconocimiento de estos asociados como OEA. La confianza debe tener un factor multiplicador.
Y es que la Dian, así como los importadores y exportadores, deben buscar la creación y adopción de una conducta empresarial responsable que genere espacios de confianza que se vayan replicando. Finalmente, es esa confianza la que permite implementar la facilitación al comercio.
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