En el marco de una transacción de compraventa, la debida diligencia legal constituye un insumo fundamental para el adquirente, ya que le permite: (i) contar con un diagnóstico razonablemente fidedigno del estado legal de la compañía o el activo en cuestión, (ii) en lo posible, cuantificar las posibles contingencias o hallazgos, y (iii) evaluar su materialidad e impacto frente a la transacción, incluyendo la posibilidad de subsanar o mitigar dichos riesgos.
Todo lo anterior tendrá relevancia en la valoración del activo, en la estructura de la transacción, en la definición de las reglas contractuales (principalmente el régimen de indemnidad), entre otros. Por lo anterior, es indispensable tener una adecuada planeación del proceso, lo que incluye designar un coordinador que sirva de enlace entre los distintos actores involucrados, más aún si se tiene en cuenta que participan distintos especialistas de distintas ramas del Derecho. Lo anterior exige unificar el
alcance y enfoque de la revisión, la estructura y hasta la redacción misma del informe. De lo contrario el proceso puede resultar en un reporte innecesariamente extenso, desarticulado, difícil de entender, o poco práctico frente a la necesidad específica del cliente.
El rol principal del coordinador es, además de centralizar la comunicación, garantizar que el trabajo de los distintos especialistas se traduzca en un reporte claro, unificado y coherente, que incluya recomendaciones y acciones de mitigación concretas y/o el tratamiento contractual sugerido, de ser el
caso.
Para ello es necesario que dicha persona tenga una visión global y detallada de la transacción propuesta y los objetivos estratégicos del proyecto, para poder así transmitir internamente la mayor información a los miembros del equipo involucrados, de manera que les sirva de parámetro en la revisión documental. Entre más claridad haya sobre el panorama general y las especificidades del proyecto, más aterrizados y efectivos serán dicho análisis, la descripción de los hallazgos, y las recomendaciones a que haya lugar.
En consecuencia, es fundamental que el coordinador conozca y sepa transmitir al equipo encargado de la debida diligencia, (i) el tipo y las particularidades de la transacción, con el mayor nivel de detalle posible, guardando la confidencialidad que sea requerida; (ii) los objetivos del proceso y de la transacción en sí; (iii) los asuntos específicos que, por su naturaleza, puedan generar una mayor sensibilidad, y que por ende, requieran una mayor atención o un tratamiento particular; (iv) la forma y oportunidad para canalizar las preguntas o requerimientos de información; y (v) el cronograma
previsto, entre otros.
Adicionalmente, será importante que el coordinador adquiera un alto nivel de entendimiento acerca de la empresa o de los activos objeto de la debida diligencia, así como de los distintos hallazgos, desde las distintas áreas de especialidad. Lo anterior le permitirá generar una comunicación fluida entre
los equipos de trabajo, en particular en el evento en que lo revisado por un área llegare a tener impacto en lo analizado por otra. Asimismo, el contar con dicha visión global, le permitirá al coordinador categorizar el nivel de relevancia adecuado para cada uno de los hallazgos, y adecuar las
recomendaciones apropiadas frente a cada uno de ellos de cara a la transacción.
Finalmente, el cliente podrá encontrar en el coordinador un canal de comunicación directo para obtener información acerca de los avances del proceso, de manera centralizada y ordenada, así como de puente con la otra parte, a cargo de la recopilación y suministro de la información.
*Laura Arango, asociada Sénior Derecho Corporativo y M&A – Lloreda Camacho
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