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OPINIÓN

Hay que repensar la tarea fiscal

10 de octubre de 2024

Lina Londoño

Asociada de Mendoza Abogados
Canal de noticias de Asuntos Legales

En 2021 Fitch Ratings y Standard & Poor’s disminuyeron la calificación a la Nación por debajo del grado de inversión, lo que a su vez conllevó el incremento en el costo del financiamiento de la Nación. De igual forma durante los últimos años estas agencias calificadoras han seguido de cerca el comportamiento de la economía colombiana y el gasto fiscal y han levantado alertas sobre posibles consecuencias de las medidas adoptadas por el gobierno en relación con las mismas. En efecto, en días pasados, el analista principal de calificaciones soberanas para Colombia de Fitch manifestó que para poder considerar la nota crediticia a Colombia se debe mejorar en el crecimiento económico, en el manejo de la deuda y en el cumplimiento de las metas fiscales por parte del Gobierno.

En relación con los primeros dos frentes, pareciera que desde el Gobierno ya se han tomado medidas, que si bien se desconoce aún su efectividad se encuentran tendientes a impulsar el dinamismo económico de la mano del sector privado, así como hacer un manejo responsable de la deuda pública mediante la celebración de operaciones de manejo de deuda.

Sin embargo, en el frente de la sostenibilidad fiscal y el cumplimiento de metas fiscales por parte del Gobierno, parece no existir tanta congruencia. Claro ejemplo de lo anterior ha sido el manejo que se le ha dado al ejercicio de preparación del proyecto de presupuesto para la vigencia 2025, en dónde nuevamente se ha apostado por un recaudo tributario incierto en el futuro para atender las necesidades de financiamiento.

Desde la presentación del proyecto de presupuesto al Congreso de la República se generó un amplio debate en relación con el monto máximo a ser aprobado dado que una cifra no menor de recursos dependía de la aprobación de la nueva ley de financiamiento (la nueva tributaria), en tanto que otro tanto aún seguía desfinanciado. Esto pareciera estar enmarcado en uno de los puntos principales que evalúa la calificadora, esto es el contar con más gastos sin contar con nuevos ingresos.
Teniendo en cuenta lo anterior, se llegó a un impase tal en el Congreso de la República que se venció el plazo máximo para que los congresistas pudieran aprobar el monto máximo a ser debatido en el ejercicio legislativo (aun cuando el mismo ejercicio los dota de herramientas para poder revisar dicho monto con posterioridad). Esto a su vez devino en la decisión del Gobierno de expedir el presupuesto por decreto en los mismos términos presentados originalmente (todo ante el amparo del artículo 348 de la Constitución Política).

Ahora, si bien lo menos conveniente para el país es no contar con un presupuesto predeterminado que entre a regir el primero de enero, pues implicaría el congelamiento absoluto del aparato estatal, es relevante llamar la atención al Gobierno Nacional para que evalúe desde ya si en efecto las medidas propuestas en la Ley de financiamiento son suficientes para cubrir el déficit evidenciado en su proyecto y qué medidas va a adoptar en el evento en qué o bien la ley de financiamiento no sea aprobada o que el crecimiento y dinamismo de la economía no sea el esperado y, por tanto, se repita lo sucedido en 2024, cuando el gobierno se montó en proyectos con base en recaudos tributarios que se tornaron inexistentes.

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