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OPINIÓN

Los aranceles inteligentes en el nuevo Plan de Desarrollo

14 de junio de 2023

Martín Gustavo Ibarra

Presidente y socio de Araujo Ibarra Consultores internacionales
Canal de noticias de Asuntos Legales

Mucha inquietud ha ocasionado la utilización de la expresión “Aranceles Inteligentes” contenida en el nuevo Plan de Desarrollo, aprobado mediante la Ley 2294 del pasado 19 de mayo.

En el Artículo 259 titulado ARANCEL INTELIGENTE Y DEFENSA COMERCIAL, se mencionó cómo el Gobierno promoverá la DEFENSA COMERCIAL de la Nación, mediante REMEDIOS COMERCIALES y ARANCELES INTELIGENTES con el fin de lograr un equilibrio en las condiciones de competencia para la PRODUCCIÓN NACIONAL, frente a las importaciones y DEFENSA de las ramas de PRODUCCIÓN afectadas por las PRACTICAS DESLEALES y maniobras contrarias al libre comercio internacional, como la soberanía alimentaria y el adecuado funcionamiento del mercado.

Continua el Articulo 259 mencionando como el Gobierno está autorizado para adoptar medidas comerciales de CARÁCTER RESTRICTIVO y de FOMENTO por razones de SEGURIDAD NACIONAL, incluyendo la soberanía alimentaria y protección de la INDUSTRIA y el MERCADO, todo lo anterior se definirá de acuerdo con la Constitución, las leyes y las obligaciones internacionales de Colombia.

De la cuidadosa lectura del Articulo 259 del Plan de Desarrollo se deduce lo siguiente:
Todos los conceptos aquí expresados, sin excepción, ya se encuentran vigentes en Colombia desde hace muchos años es especial:

a. En la Ley Marco de Aduanas (Ley 1609/2013), que en su artículo 3ro. al mencionar los cinco criterios para modificar el arancel de aduanas, contempla de manera expresa el fomento y la protección a la industria nacional y el desarrollo de los acuerdos comerciales internacionales.

Mal podría un plan de desarrollo ampliar o restringir los conceptos que una Ley Marco de Aduanas hubiera previsto, por el contrario, lo que hace este nuevo plan de desarrollo es enfatizar y poner acento sobre algunos de los aspectos previamente contemplados en la Ley Marco vigente, de acuerdo con las nuevas políticas de este Gobierno.

b. Por otra parte, subraya la importancia que tienen los mecanismos de defensa contra las prácticas desleales y las maniobras contrarias al libre comercio internacional, lo cual no es nada distinto de la aplicación de las medidas de defensa comercial, como son el Dumping, La Salvaguardias y los Derechos Compensatorios.

c. Cuando habla el Plan de Desarrollo de medidas comerciales de carácter restrictivo por razones de seguridad nacional, estas ya se encuentran vigentes en Colombia pues se originan desde el GATT de 1947 y posteriormente se incorporan en las normas de la OMC (Artículos XI y XXI del GATT) y han sido aplicadas por Colombia en el pasado, como cuando se restringieron las exportaciones de medicamentos durante la pandemia.

Pasando del análisis jurídico al inventario práctico, observamos como en los 10 meses de gobierno se han expedido 4 decretos que varían aranceles y que abarcan 403 partidas del arancel de aduana (de las cerca de 7.000 que existen), con el siguiente resultado:

1- En el caso de las CONFECCIONES (Decreto 2598/2022), se aumentó el arancel al 40% del valor declarado independientemente de su precio.

2- En el caso del CALZADO (Decreto 2632/2022) se mantuvo el arancel del 35% a los zapatos importados que tuvieran un valor igual o inferior a los umbrales entre USD$6 y USD$10.

3- En el tercer Decreto (Decreto 2616/2022), a 57 partidas se les subió el arancel del 0 al 5% y a las 36 partidas del 0 al 10%, por registrar producción nacional.

4- Por último, se redujo al 0% el arancel, por un periodo de un año (Decreto 809/2023) a los insumos agropecuarios, fertilizantes y plaguicidas, por motivos de seguridad alimentaria del país.

Por lo tanto, podemos dar un parte de tranquilidad que el nuevo Plan de Desarrollo, además de ser completamente respetuoso, de la Constitución, de las Leyes Marco y de los compromisos internacionales del país, como expresamente lo menciona, simplemente afirma y focaliza lo que ya estaba dispuesto en la legislación positiva de comercio exterior colombiana y quizás la palabra “INteliGENTE” puede querer decir que es una estrategia INclusiva y orientada a la GENTE, es decir a todos los habitantes de Colombia.

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