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OPINIÓN

La figura del Trust en la gestión del patrimonio familiar

24 de agosto de 2023

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Un trust es una figura jurídica propia del derecho anglosajón que funciona como un vehículo mediante el cual se gestiona el patrimonio de la familia. Si bien es una institución particularmente parecida al contrato de fiducia, un trust tiene como propósito subsistir a través de muchas generaciones y liberar los recursos administrados a partir del cumplimiento de pactos familiares.

En ese sentido, un trust es un contrato a través del cual una persona llamada settlor o grantor, cede una serie de activos a una persona de confianza denominada el trustee para que sean administrados por éste. La administración del patrimonio por parte del trustee normalmente se realiza a través de una orden entregada por el settlor en una carta de deseos.

Si bien en el contrato de trust se pactan las facultades que tendrá el trustee, en la carta de deseos el settlor le informa al trustee la forma como desea que el patrimonio sea administrado. Esto puede incluir comentarios respecto del ejercicio de los poderes de inversión o de los poderes administrativos del trustee.

Dentro de esta relación jurídica descrita, además del settlor y el trustee, hay una tercera parte llamada el o los beneficiarios. Como su nombre lo indica, estos se benefician de los recursos administrados por el trustee una vez se cumplan las condiciones establecidas en el contrato de trust para la liberación de estos. Podría considerarse que los beneficiarios son realmente los propietarios de ese patrimonio administrado por el trustee, aunque esto a menudo no proporciona un derecho inmediato de uso de los activos.

Ahora bien, existen distintos tipos de trusts los cuales se adecuan a las necesidades particulares de la familia. Los más comunes son los revocables e irrevocables. El primer tipo de trust cuenta con la particularidad de que, después de entregar la administración de los bienes al trustee, el settlor puede revocar el trust y recuperar su patrimonio.

Así mismo, para este tipo de trusts se pueden realizar modificaciones en cualquier momento, toda vez que, si bien el patrimonio es administrado por el trustee, el settlor continúa siendo propietario de este. Esto permite al settlor establecer distintas condiciones para transferir el patrimonio a sus beneficiarios, pactando que esto suceda al momento de su muerte o, incluso, convertir el trust en uno irrevocable cuando esto ocurra.

Contrario al anterior, los trusts irrevocables no otorgan al settlor la posibilidad de revocar o realizar modificaciones. Sin embargo, este tipo de trusts ofrecen mayor seguridad jurídica. Algunos tipos de trusts irrevocables permiten mantener el negocio familiar dentro del patrimonio de la familia al momento de la muerte del settlor (Irrevocable Life Insurance Trusts); transferir parte del patrimonio a organizaciones benéficas (Charitable Remainder Annuity Trusts); o incluso transferir el patrimonio en un largo plazo a través de varias generaciones, siendo los beneficiarios los hijos, nietos y así sucesivamente del settlor (Dynasty Trusts).

Sin embargo, a pesar de su versatilidad, los trusts no se encuentran exentos de cumplir con obligaciones tributarias o legales. Por ejemplo, los activos ubicados en un trust en el exterior deben ser reportados en la declaración del impuesto sobre la renta, conforme al oficio 006184 de 2019 de la DIAN y el artículo 303 del Estatuto Tributario. Por ello, al momento de constituir un trust, es recomendable contar, no solo con un asesor financiero, sino también con acompañamiento legal adecuado.

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