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OPINIÓN

Smart Contracts: ¿el fin de las disputas contractuales?

28 de octubre de 2023

Tomás Cepeda Morales

Abogado Asociado en Del Hierro Abogados

tcepeda@delhierroabogados.com
Canal de noticias de Asuntos Legales

Los “Smart Contracts” o contratos inteligentes son aquellos mecanismos mediante los cuales, utilizando la tecnología de Blockchain, los sujetos que entran en una relación contractual obtienen un acuerdo autónomo que se regula y ejecuta así mismo. Pero ¿qué ventajas puede traer algo de ese tipo? Al fin y al cabo, este tipo de contrato solo es un conjunto de datos flotando en la web; un cifrado de “unos” y “ceros” que al ojo humano, no significan nada.

Dentro de los principios orientadores de la Ley 1341 de 2009, se establece que la existencia de la Neutralidad Tecnológica que, de manera general, ataja la imposibilidad del Estado de regular a la misma velocidad que los avances tecnológicos se hacen presente, y da como premisa el libre acceso y uso de la tecnología para todos. ¿Qué tiene que ver eso con los contratos inteligentes? De entrada, no mucho. Pero sienta las bases para que estos sean una forma completamente válida de celebrar negocios en Colombia.

Sin perjuicio a lo anterior, esto no justifica por sí solo que deban utilizarse los contratos tradicionales, porque a fin de cuentas, ¿quién quiere un contrato que ni siquiera se puede leer? Tal vez la gran ventaja, es su seguridad en su integridad, inmutabilidad y ejecución. Las relaciones contractuales están siempre se van a ver afectadas por circunstancias, tanto previstas como imprevistas. Desde simples incumplimientos hasta fraude y mala fe. Los contratos inteligentes eliminan estas circunstancias de la ecuación.

En primer lugar, los contratos se ven incorporados en lo que conocemos como Blockchain, una compleja cadena de datos encriptados cuyo acceso es totalmente restringido. Por tanto, la integridad del contrato está a salvo, lo que no permitiría que las partes modificaran su contenido sin los debidos accesos y más importante aun, su consentimiento. Por otro lado, los Smart Contracts permiten la ejecución automática para cada una de las condiciones y obligaciones a las que las partes accedieron. Lo que es igual, una vez una de las partes cumple con su carga, por ejemplo, la entrega del bien acordado, el mismo contrato se encarga de la otra cumpla con la contraprestación, en este caso, el pago del precio.

Un Smart Contract no implica que, de tajo, los negocios jurídicos deban manejarse de esa forma en lugar de la manera tradicional. Aun así, no puede negarse que depositar confianza en otra persona, a sabiendas que no hay forma de que lo pactado no sea respetado, facilita hacerlo y, en consecuencia, percibir los beneficios de haber firmado un contrato en primer lugar.

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