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Administrativo y constitucional


Pinilla, González & Prieto

Aspectos relevantes de la depuración normativa

10 de marzo de 2021

Erika Natalia Becerra Najar

Asociada de Pinilla González & Prieto Abogados
Pinilla, González & Prieto
Canal de noticias de Asuntos Legales

Mediante la Ley 2085 de 2021, el Congreso de la República adoptó la figura de depuración normativa, derogó un grupo cuerpos normativos de rango legal por obsolescencia e incompatibilidad o contravención con el régimen constitucional y tomó otras decisiones relativas a la revisión normativa y actualización del Sistema Único de Información Normativa (Siun-Juriscol).

A continuación resolvemos algunas inquietudes que surgen de su lectura:

¿Qué es la depuración normativa?

Es un instrumento que permite al Estado garantizar certeza respecto de las normas vigentes y con ello fortalecer principio de seguridad jurídica.

¿Cuándo inició el proyecto de depuración normativa en Colombia?

Desde la expedición de la Directiva Presidencial 01 de 2005, el Ministerio del Interior y de Justicia realizó esfuerzos para elaborar un inventario de la normatividad de cada sector administrativo y en el año 2018 presentó un proyecto de ley basado en la consolidación normativa efectuada a través del Suin-Juriscol.

¿Cuáles son los criterios para la aplicación de este instrumento?

Los criterios para decidir la pérdida de vigencia y derogación de grupos normativos son obsolescencia, contravención al régimen constitucional actual, derogatoria orgánica, cumplimiento del objeto de la norma, vigencia temporal y no adopción como legislación permanente.

¿Cómo opera esta figura?

A través de la Ley 2085 de 2021, el Congreso de la República derogó de forma expresa un grupo de 465 leyes y 143 decretos de rango legal por obsolescencia e incompatibilidad o contravención con el régimen constitucional.

A su turno, señaló que las Asambleas Departamentales, Concejos Distritales y Municipales y demás autoridades con competencia para expedir normas de carácter general podrán hacer uso de esta figura conforme a los criterios señalados.

Adicionalmente, ordenó a las dependencias jurídicas de la Administración Pública identificar las normas de carácter general sobre las cuales operó, como resultado de la depuración normativa, la pérdida de fuerza ejecutoria por decaimiento en sus fundamentos de derecho, para que posteriormente, las autoridades competentes expidan otras normas del mismo rango jerárquico dejándolas sin efectos.

Aquí, surge la duda respecto a la utilidad de la expedición de un acto administrativo, pues valga recordar que el decaimiento es un fenómeno jurídico que se da de pleno derecho.

¿La depuración normativa puede afectar los efectos jurídicos causados?

No, la depuración normativa no afecta situaciones jurídicas concretas o derechos adquiridos consolidados ni decisiones judiciales ejecutoriadas.

¿Cómo se pretende garantizar la publicidad y acceso a la normatividad depurada?

La Ley estableció en cabeza de los Ministerios de Justicia y del Derecho y, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la obligación de actualizar junto con las entidades públicas, en un plazo máximo de 2 años, el Siun-Juriscol.

Así mismo, ordenó al Ministerio de Justicia y del Derecho, a más tardar el 20 de julio de cada año, publicar el listado de normas de carácter general y abstracto de rango legal que se encuentren derogadas, hayan sido declaradas inconstitucionales o nulas, así como aquéllas que carezcan de reglamentación.

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