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Comercial y de la empresa


Consultorio

Comercializadoras Internacionales y las PYME

5 de diciembre de 2017

José Francisco Mafla

Socio Aduanas y Comercio Exterior Brigard Urrutia
Brigard Urrutia

jmafla@bu.com.co
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Con el objetivo de crear alternativas y oportunidades de crecimiento para las pequeñas y medianas empresas (“Pyme”), el Ministerio de Comercio Industria y Turismo expidió recientemente el Decreto 1451 de 2017, por medio del cual crea la figura de Comercializadoras Internacionales que comercializan bienes con las Pyme.

¿Cuál es el objetivo del nuevo decreto?
La figura de Comercializadoras Internacionales que comercializan bienes con las Pyme complementa la regulación vigente sobre CIs, buscando promover el desarrollo de comercio exterior, y el acceso de los productos nacionales a diferentes mercados en el exterior. Además, busca promover el crecimiento de las Pyme mediante la comercialización de sus productos en el exterior, donde difícilmente pueden acceder por falta de infraestructura y recursos. La regulación anterior de CIs se mantiene vigente mientras que se busca que las nuevas comercializadoras internacionales que comercializan con las Pyme accedan a nuevos beneficios, y se puedan constituir con mayor facilidad.

¿Qué cambios hay en la nueva regulación de comercializadoras internacionales que comercializan con las Pyme frente al régimen tradicional de CIs?
Será más fácil ser comercializadora internacional, por medio de la creación de la categoría de Comercializadoras Internacionales que comercializan con las Pyme.

Los nuevos requisitos incluyen una ventaja con respecto a las garantías, ya que deben constituirse por un valor menor; en general a las comercializadoras internacionales se les exige una garantía por valor de 9000 UVT, aproximadamente $286.731.000, mientras que para estas nuevas CIs se exige una garantía de máximo 2.500 UVT, aproximadamente $80 millones. También, es necesario tener un plan de exportación con Procolombia o haber sido beneficiario de recursos por parte de las entidades o programas del sector Comercio, Industria y Turismo, y finalmente, se debe presentar constancia de la infraestructura y tecnología que se requiere para exportar.

Se mantienen los beneficios de las comercializadoras internacionales: la expedición del certificado de reembolso tributario por las exportaciones realizadas, la compra de bienes nacionales exentos de IVA y no estar sujeta a retención en la fuente. Pero ahora también podrán acceder al acompañamiento de Procolombia para potencializar el proceso de exportación y acceder a programas que ofrecen las entidades adscritas al Ministerio de Comercio.

¿Qué se espera de este nuevo régimen?
Se espera que aumenten las exportaciones de las pequeñas y medianas empresas a través de la figura de comercializadoras internacionales que comercializan con las Pyme, generando un beneficio mutuo; para las Pyme, hacer uso de la infraestructura que tienen las CIs para la exportación y llegar a nuevos mercados, y para las comercializadoras internacionales, una oportunidad de negocio de comercializar en el exterior los productos de las Pyme. Mediante esta figura también se espera que se fomente el acceso a nuevos mercados y que se aprovechen las oportunidades de comercio exterior a través de las asesorías de Procolombia en planes de exportación.

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