Entra a regir la obligación de implementar el SG-STTA
¿Qué es y para qué sirve un SG-STT?
Se trata del Sistema de Gestión de Seguridad y la Salud en el Trabajo, que comprende un proceso lógico y por etapas, compatible con normalizaciones y estándares nacionales e internacionales de gestión tales como ISO 9001, OHSAS 18001, ILO-OSH 2001, entre otros. Se basa en la mejora continua y la metodología utilizada comprende el ciclo Deming o PHVA (planear, hacer, verificar y actuar). Su objetivo es anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos relativos a la seguridad y salud organizacional.
¿Quiénes están obligados?
Todos los empleadores públicos y privados, contratantes, organizaciones de economía solidaria y cooperativas y empresas de servicios temporales. Debe cubrir a todos los trabajadores, contratistas, proveedores, trabajadores asociados, trabajadores en misión, visitantes, y demás grupos de interés.
¿Desde cuándo es obligatoria su implementación?
Según el decreto 1072 de 2015 que compila el artículo 37 del decreto 1443 de 2014, el plazo para culminar la totalidad del proceso dependerá del número de trabajadores así: (i) menos de 10 trabajadores, enero 31 de 2016; (ii) de 10-200 trabajadores, julio 31 de 2016; y (iii) más de 200 trabajadores, enero 31 de 2017. Hasta que se venzan los plazos establecidos, se deberá dar cumplimiento a las normas relativas a los Programas de Salud Ocupacional.
¿Cómo se empieza a implementar?
Los responsables su ejecución deberán realizar un curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas sobre el SG-SST de acuerdo a las condiciones establecidas para ello por parte del Ministerio de Trabajo. También deberá realizarse una evaluación inicial con el fin de identificar las prioridades en seguridad y salud en el trabajo para establecer la base sobre la cual va a partir el sistema y el plan de trabajo anual exigido por la norma. El SG-SST debe ser adecuado al tamaño y necesidades de la organización y parte de una política en la que el gerente, de forma directa asume importantes compromisos para la implementación de dicho sistema. Ya no se trata de un documento, sino de un sistema construido conjuntamente con los grupos de interés de la organización.
¿Cuáles son las sanciones por su incumplimiento?
Se prevén como sanciones, multas de hasta 500 salarios mínimos legales mensuales, la clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo empresa y la paralización o prohibición inmediata de los trabajos o tareas.
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