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Legislación

¿Bajo qué parámetros legales se puede ejecutar el procedimiento de eutanasia en Colombia?

Actualmente cursa en el Congreso de la República un proyecto de ley que pretende regular el ejercicio del derecho a la muerte digna

03 de octubre de 2020

Laura Vita Mesa

lvita@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Esta semana la Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate el proyecto de ley presentado por el congresista Juan Fernando Reyes Kuri, que busca reglamentar las disposiciones para ejecutar la eutanasia.

“A pesar de que es un derecho fundamental, hoy hay muchas trabas para acceder al derecho a morir dignamente a través de la eutanasia. No hay una ley que reglamente de forma específica este derecho”, dijo el representante.

Es importante aclarar que, a pesar de que el primer procedimiento legal de este tipo en el país tuvo lugar en 2015, vía tutela, la eutanasia es legal desde que se emitió la sentencia C-239 de 1997, por lo que existe la reglamentación para acceder a este procedimiento.

“En la práctica la intervención del Legislativo no es necesaria. La eutanasia es un derecho fundamental reconocido por la Corte Constitucional, y tiene una reglamentación del Ministerio de Salud, que ha emitido tres resoluciones que están vigentes sobre el tema”, advirtió Lucas Correa, director de investigaciones del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB).

Para acceder al procedimiento, es necesario cumplir al menos con cuatro requisitos: tener una enfermedad en estado terminal; considerar que la vida ha dejado de ser digna producto de la enfermedad; y manifestar el consentimiento de manera clara, informada, completa y precisa. Además, la ayuda para morir debe prestarla un profesional de la medicina, preferiblemente con la autorización del comité científico-interdisciplinario.

Con lo anterior en mente, entonces, vale la pena revisar cómo se ha aplicado en Colombia el derecho a la muerte digna y su ejercicio a través de la eutanasia activa.

Según una respuesta del Ministerio de Salud a un derecho de petición (ver documento adjunto), desde 2015 se han llevado a cabo 94 procedimientos de eutanasia, distribuidos temporalmente de la siguiente manera: cuatro en 2015; siete en 2016; 16 en 2017; 23 en 2018; y 35 en 2019. En lo corrido de este año han tenido lugar nueve procedimientos, con corte al 8 de mayo.

LOS CONTRASTES

  • Juan Fernando Reyes KuriRepresentante a la Cámara

    “A pesar de que es un derecho fundamental, hoy hay muchas trabas para acceder al derecho a morir dignamente a través de la eutanasia. No hay una ley que reglamente de forma específica este derecho”.

  • Lucas CorreaDirector de investigaciones de DescLAB

    “En la práctica, la intervención del Legislativo no es necesaria. La eutanasia es un derecho fundamental reconocido por la Corte Constitucional y tiene una reglamentación del Ministerio de Salud”.

Hombres y mujeres han accedido a la eutanasia en casi igual proporción pues, de los 94 casos, 48 fueron hombres y 46 mujeres.

Más llamativo resulta el análisis geográfico de los datos. Bogotá lidera en el ejercicio de la eutanasia, con 41 casos, seguido de Antioquia, que registra 33. Estos dos, juntos, representan 78,8% del total de procedimientos realizados. Le siguen Risaralda y Valle del Cauca, cada uno con nueve, y Caldas y Bolívar, con un procedimiento cada uno.

Vale la pena anotar que si bien este procedimiento puede ser practicado en menores de edad eso, hasta el momento, no ha sucedido. Además, de cada cinco solicitudes elevadas al sistema de salud sobre esta opción, se practican dos procedimientos. “Esto, prueba que no es una figura de la que se abuse ni que se tome a la ligera”, dice el estudio ‘Muerte digna en Colombia’, que publicará DescLAB la próxima semana.

Documentos Adjuntos

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