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Legislativo

Conozca cómo lo protege la ley cuando compra por internet y requiere un reembolso

Debe saber que en caso de que el producto demore más de 30 días en llegar, se resuelve el contrato de compraventa y se da el reembolso

11 de mayo de 2024

Sofía Alexandra Duarte Torres

sduarte@larepublica.com.co

Gráfico LR
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Un fenómeno que ha cobrado mucha fuerza se trata de las compras por internet. Si bien este tipo de comercio ofrece ventajas en comodidad, también tiene desventajas como que el producto no sea el esperado, entre otros.

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En caso de que alguna de estas situaciones se presente, los consumidores tienen derecho a una serie de reclamaciones e incluso compensaciones toda vez que, de acuerdo con César Rodríguez, Socio Dret Legal, “en las compras por internet el consumidor tiene derecho a las mismas reclamaciones y devoluciones al productor o proveedor como si hubieran sido compras presenciales, por ejemplo, si el producto sale defectuoso”.

En este sentido, en términos de la devolución del dinero, Danilo Romero Raad, partner en Holland & Knight, cuenta que “el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) dispone que este tiene derecho a la devolución cuando adquirió un bien a través de medios electrónicos y el mismo no está disponible, o cuando su entrega sea mayor a 30 días, pues en ambos supuestos se resuelve el contrato de compraventa y el consumidor podrá obtener la devolución de la suma de dinero pagada”. Este periodo de tiempo es el mismo que tendrá el productor para hacer efectiva la devolución del dinero (30 días).

LOS CONTRASTES

  • César RodríguezSocio Dret Legal, Área Corporativo & Bancario y Financiero

    “En las compras por internet el consumidor tiene derecho a las mismas reclamaciones y devoluciones al productor o proveedor como en compras presenciales, por ejemplo, si el producto sale defectuoso”.

  • Pedro Munar CadenaSocio en Scola Abogados

    "Se podrá pedir la reversión del pago dentro de cinco días hábiles siguientes que se tuvo noticia de la operación fraudulenta, que debió haber recibido el producto, lo recibió defectuoso o sin que fuera lo solicitado”.

Otros casos en los que se puede solicitar el reembolso, asegura Sofía Ropero, asistente legal en asuntos corporativos de Riveros Victoria abogado, se trata del derecho de retractación que “tienen todos los consumidores en Colombia para solicitar la devolución del dinero de una compra de un producto o servicio dentro del término de cinco días hábiles a partir del momento en que se perfeccionó la relación contractual”. Y otra situación que contempla la experta se trata de que, si el consumidor es objeto de fraude, “podrá reversar el pago de una operación que se realizó sin su consentimiento”.

En este último punto, Pedro Munar Cadena, socio en Scola Abogados, profundizó en que los participantes del proceso de pago deberán reversar los pagos que solicite el consumidor cuando sea objeto de fraude, o corresponda a una operación no solicitada, además contó que la revisión podrá ser solicitada dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que tuvo noticia de la operación fraudulenta.

Por otro lado, sobre la delimitación de este tipo de comercio en términos legales y su funcionamiento, Munar puntualizó que en el artículo 48 de este Estatuto se establece que “se entenderá por comercio electrónico la realización de actos, negocios u operaciones mercantiles concertadas a través del intercambio de mensajes de datos telemáticamente cursados entre proveedores y los consumidores para la comercialización de productos y servicios determinados”.

En caso de que el reclamo no sea atendido o resuelto como debe ser, dice Rodríguez, “si el consumidor considera que la no devolución le causó, además perjuicios y quiere que le sean resarcidos, puede presentar una demanda judicial con base en una acción de protección al consumidor, sea ante los jueces civiles o ante la SIC como autoridad judicial”.

Por su parte, Fabio Camilo Duarte Mesa, miembro del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Derecho del Consumo (Icodeco), agregó que "a su vez, el consumidor podría presentar una queja ante la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio, para que en ejercicio de sus funciones, adelante la correspondiente actuación administrativa de carácter sancionatorio con el fin de establecer la responsabilidad del proveedor de bienes y servicios".

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