“Posse Herrera Ruiz es una firma que tiene como foco el apoyo a los inversionistas”
Jaime Gómez, socio de Posse Herrera Ruiz, aseguró que la volatilidad de las divisas como el peso colombiano es bastante alta
08 de octubre de 2024La firma de abogados Posse Herrera Ruiz se alió con Bricksave, la plataforma de inversiones inmobiliarias, y la plataforma de educación financiera Mis Propias Finanzas, para lanzar una guía de inversiones inmobiliarias 2024-2025. Los promotores explicaron que este documento permite acceso a información que ayudará a diversificar el patrimonio de las personas en una divisa fuerte.
Jaime Enrique Gómez, socio de Posse Herrera Ruiz, aseguró que la volatilidad de las divisas, particularmente del peso colombiano es bastante alta, agregó que tener este tipo de inversiones le permite a las personas tener alguna especie de solidez patrimonial y que es en este contexto en el que surgió la guía llamada ‘Inversión inmobiliaria en EE.UU. y tributación para colombianos’.
Gómez habló con AL sobre este proyecto y analizó las consideraciones legales básicas antes de invertir, los aspectos tributarios a tener en cuenta, las sanciones a las que se podría arriesgar el inversionista que no conozca el marco legal del país en el que invierte, entre otros temas.
¿Por qué surge la alianza?
Es una alianza con la que buscamos básicamente complementarnos porque Posse Herrera Ruiz no es una empresa que se dedique a prestar servicios de asesoría financiera, pero sí somos una empresa que se dedica a apoyar a los inversionistas.
El contenido de la guía en general da un marco de referencia para que las personas sepan cuál es la regulación y qué deben tener en cuenta en el momento en que decidan hacer la inversión.
¿Cuál es el marco legal base deberían considerar las personas antes de invertir?
Antes del marco legal hay que definir dónde se tiene que invertir. Una vez uno ya definió la inversión que quiere hacer, desde el punto de vista tributario y el punto de vista legal colombiano, se tiene que considerar básicamente dos tipos de regulaciones.
La primera, de naturaleza tributaria, el hecho de que haya residentes colombianos invirtiendo en el exterior no quiere decir que dejen de tributar en Colombia sobre los activos y los ingresos que tengan en el exterior, sino, por el contrario, tienen que incluir eso dentro de sus declaraciones tributarias con el propósito tanto de incluirlo en su patrimonio tributario y en su declaración de renta, incluyendo los ingresos poseídos en el exterior.
También hay algunas obligaciones, dependiendo del tipo de inversión que se realice, de naturaleza cambiaria, que es básicamente reportar ante el Banco de la República las inversiones que se están realizando y que se están canalizando a través del mercado a cambiario. Eso varía en función del tipo de activo que se adquiera.
¿Qué retos hay actualmente en legislación para este tipo de transacciones?
Es importante saber que cuando uno invierte en el exterior, se está acogiendo a las reglas de ese otro país. No se puede esperar que lo que aplique aquí en Colombia sea lo que aplique en el exterior y es importante conocerlo porque el hecho de no hacerlo puede costar bastante porque no se cumplió algún tipo de requerimiento, porque no se hizo algún tipo de reporte o porque no se presentó una declaración.
¿Qué problemas legales se podrían presentar por el desconocimiento las regulaciones del país en el que se desee invertir?
Uno está comprando un activo que se maneja con leyes de ese país, por eso el contrato que se firma es en inglés y la jurisdicción es Estados Unidos, en el caso de inversiones en Estados Unidos.
¿Hay beneficios por tener inversiones de este tipo?
Más allá de beneficios tributarios, que no hay, lo que sí ofrece es una posibilidad de diversificar activos, es decir, en función del lugar donde están, el subyacente es diferente y también se gana una solidez en materia de la divisa en la que está representado el activo.
Si un colombiano adquiere un bien de estos en el exterior, ¿declararía en ambos países?
En Colombia lo tiene que reportar y en Estados Unidos sería en la jurisdicción donde esté seguramente también va a tener que pagar los impuestos de propiedad, si es una propiedad que tenga algún tipo de condominio va a tener que pagar la cuota de administración y evidentemente también que tendrá que pagar los cargos a que haya lugar.
Esa es la ventaja que ofrece Bricksave Colombia, porque he visto muchas personas que hacen inversiones y tienen que estar pendientes de ese tipo de situaciones, porque obviamente el Gobierno del país entenderá que se está generando una renta y pide un pago.
Se debe aclarar también que más allá del tema tributario, dependiendo el activo que se adquiera en Estados Unidos se debe generar un reporte ante el Banco de la República.
¿Qué documentos se tienen que presentar para tributar correctamente este tipo de inversiones?
Los soportes de cuánto se ha devengado, porque eso va a tener que incluirlo en su declaración de renta, ahí es importante mirar las fechas de los pagos correspondientes porque como tenemos una volatilidad en la tasa, la tasa puede cambiar en función del momento en que se haga el pago, de manera que, por ejemplo, si tuve ingresos en enero, en febrero, en marzo, cada uno de esos pagos va a tener que revisar la tasa de cambio vigente en ese momento.
Y por otro lado, en la parte de la declaración de activos, es decir, el patrimonio, pues el valor que se invirtió efectivamente.
Y es importante resaltar que esa es la tasa de cambio que se hizo en la inversión e independientemente de que haya una fluctuación de la divisa, para efectos tributarios, la tasa se congela al momento en que se invirtió.
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