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Comercio

Lo que debe saber para ejercer el derecho de retracto si se arrepiente de una compra

Hay productos y servicios que no aplican como los alimentos, los bienes que sean confeccionados con especificaciones del comprador

22 de enero de 2024

Karen Pinto Duitama

kpinto@larepublica.com.co

Derecho de Retracto
Gráfico LR
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El “Estatuto de protección del consumidor” colombiano, artículo 47 de la ley 1480 de 2011, establece el derecho al retracto para todos los contratos de bienes y prestación de servicios que se realicen mediante sistemas de financiación que otorgue el productor o proveedor, en venta de tiempos compartidos, como lo puede ser un servicio de alojamiento turístico, y para las ventas que utilizan métodos no tradicionales o a distancia.

Estos métodos no tradicionales se refieren a medios virtuales como el ecommerce, o ventas por teléfono, correo, catálogo, etc, ya que como lo señaló la Superintendencia de Industria y Comercio a través de la sentencia 7772-21 de 2021, “siendo operaciones atípicas en las que prima el escaso contacto del consumidor con el producto o servicio que se va a adquirir y la forma en que se realiza el abordaje del cliente para obtener su consentimiento, fue que el legislador consideró necesario reglamentar este tipo de negocios".

Con esta facultad, los consumidores pueden retractarse de la compra de un bien o de la celebración de un contrato durante cinco días hábiles después de la entregay recibir el reintegro del dinero que pagó, en un término de 30 días.

Como consumidor no tiene que tener una razón específica diferente a su voluntad de cambiar de opinión de compra para desistir, pero debe tener en cuenta que debe avisar al vendedor y devolver el producto por los mismos medios y en las mismas condiciones en que lo recibió, y asumir los costos de transporte.

También tiene que considerar que hay productos y servicios que no aplican al derecho de retracto, estos son los productos perecederos o con fecha de vencimiento, como los alimentos; los bienes que sean confeccionados con especificaciones del comprador como lo pueden ser prendas de vestir a medida; los bienes de uso personal,como los productos de aseo personal, ropa interior, maquillaje, etc; tampoco aplican los servicios de apuestas y loterías; y las prestaciones de servicio cuando las obras no hayan iniciado, como obras en el hogar.

"Es fundamental que los consumidores realicen decisiones de compra informadas, pues muchas veces las quejas asociadas al derecho de retracto pueden no tener mérito bien porque las quejas se encuentran dentro de alguna de las excepciones establecidas en el mismo Estatuto del Consumidor respecto de tal derecho, o bien porque se trata de compras realizadas, por ejemplo, a comercios electrónicos ubicados en el exterior a los que el Estatuto del Consumidor no les aplica", explicó Jorge de los Ríos, socio del área de Competencia, Protección al Consumidor y Protección de Datos en Posse Herrera Ruiz.

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