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Laboral

Lo que los empresarios deberán hacer con la reducción de la jornada laboral en julio

La idea es que un colombiano trabaje máximo 42 horas a la semana en 2026, para promover la proactividad y generar empleo

09 de marzo de 2023

Alejandra Rico Muñoz


Canal de noticias de Asuntos Legales

A partir del 15 de julio de 2023 se reducirá una hora de la jornada laboral, de acuerdo con los lineamientos de la Ley 2101 de 2021.

En el primer y segundo año de entrada en vigencia, es decir, 2023 y 2024, la reducción será progresiva, hasta llegar así a una jornada de 46 horas. Para 2025 y 2026 la reducción será de dos horas hasta que finalmente se llegue a la jornada de 42 horas semanales.

La intención de esta nueva ley es incentivar la productividad, así como generar nuevos empleos. Por tanto, las empresas tienen que saber “que la reducción de la jornada no implicará reducción de la remuneración salarial, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo. Esto quiere decir, que los costos para los empleadores seguirán siendo los mismos, aunque se deba trabajar una hora menos a la semana”, explicó Vicente Umaña, socio de Posse Herrera Ruiz.

Este cambio implica consecuencias económicas para el empleador, en tanto que al disminuir la jornada, el costo de la hora ordinaria incrementa. Para temas como el cálculo de trabajo suplementario y recargos por trabajo nocturno, dominical o festivo, cobra mayor relevancia pues estos valores por hora incrementarán también.

“En términos operativos, también hay un impacto, pues el empleador debe ajustar los horarios o turnos de trabajo, adoptando esta disminución mientras asegura la continuidad de su negocio. Solo las empresas que tengan una jornada laboral igual o inferior a 47 horas, no deberán efectuar cambio alguno por ahora”, dijo Carolina Porras, socia líder del área Laboral de PPU.

LOS CONTRASTES

  • Eliana Triviño OrozcoDirectora del área laboral en Riveros Victoria

    “Con la entrada en vigencia de la ley, las empresas deberán ajustar, de ser necesario, la rotación de turnos para cumplir con sus necesidades. También, para contratar nuevo personal de ser necesario”.

Las empresas, para afrontar esta reducción y las próximas, deberán anticiparse y para esto es necesario que desde ya definan sus jornadas y horarios de trabajo para este año y los venideros. Dicha reducción podrá efectuarse en la forma que la empresa estime conveniente y, en todo caso, de la manera que menos afecte a la operación, aseguran los expertos.

Los empresarios tendrán que ajustar la rotación de los turnos, también deberán contratar nuevo personal de ser necesario, “en principio no debería representar mayores traumatismos para la prestación del servicio, pero llegados a la reducción de seis horas, sí podría representar la necesidad de nuevos puestos de trabajo o el incremento de trabajo suplementario”, agregó Eliana Triviño Orozco, directora del área laboral en Riveros Victoria Abogados.

Considerando que la reducción de la jornada no implicará reducción de la remuneración salarial, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo, resulta conveniente para las empresas revisar los costos asociados a nómina, con la finalidad de prever y anticiparse a cualquier impacto que pudiera surgir, explicó Umaña.

De igual manera, Porras sugiere que las compañías comuniquen la disminución de la jornada a los trabajadores por los canales adecuados, asegurando que se respete el derecho al descanso y de la desconexión laboral una vez finalizada la jornada.

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