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Transporte

Los pasajeros afectados de Ultra Air y Viva podrían presentar una demanda colectiva

Para presentar la demanda colectiva al menos 20 afectados deben presentar ante el juez las pruebas de la vulneración de sus derechos

24 de marzo de 2023

Alejandra Rico Muñoz


Canal de noticias de Asuntos Legales

Se acercar la semana Santa y, lo que para muchos es un momento de descanso, para otros se está convirtiendo en un verdadero dolor de cabeza. Para los colombianos que suelen planear con anticipación sus cortas vacaciones de abril y compraron tiquetes en Viva y Ultra están hoy preocupados.

La angustia aumenta con el más reciente anuncio de Ultra, la empresa aseguró que debían suspender la venta de tiquetes hasta el 30 de abril. "Para cumplirle a los pasajeros y evitar contratiempos”, aseguraron. Sin embargo, aún muchos pasajeros se encuentran en vilo y sin una respuesta clara de cómo les garantizarán sus vuelos, pues la empresa solo tiene seis aviones en estos momentos.

En la mañana del viernes 24 volvieron a pronunciarse y aseguraron que las operaciones volverán a la normalidad. A pesar de que se restablecieron las operaciones, aún hay muchos pasajeros inconformes con las decisiones de la empresa y los cambios de itinerarios.

Ultra Air, además, anunció la capitalización de la empresa por parte de sus accionistas para fortalecer su posición financiera y "dándole continuidad a la operación y a la prestación del servicio público esencial", aseguró la compañía. El anunció lo realizó la empresa después de que ayer se registraron vuelos cancelados y suspendidos en los aeropuertos de Bogotá y Medellín.

De hecho, una de las figuras legales a las que podrían apelar los viajeros que están cansados de esta contienda, es la figura de demanda colectiva. El principal requisito para que los usuarios puedan presentar una demanda colectiva y sea aceptada en los tribunales es que este grupo se vean afectados por la misma causa. Por tanto, debe darse el cumplimiento de dos condiciones: cantidad de afectados y similitud en los casos.

Otro requisito es la compatibilidad, es decir, que el representante elegido debe ser apropiado y estar legitimado para la presentación de demandas colectivas. En el caso de vulneración de derechos de usuarios y consumidores debe existir una asociación dedicada a su defensa.

El último requisito es el de la supremacía, es decir que la acción demanda colectiva sea el medio más adecuado para resolver el conflicto.

Para llevar a buen término la demanda colectiva usted debe: intentar un acuerdo entre el grupo de personas afectadas y quienes están causando el daño. De no ser posible, usted podrá presentar una demanda de acción de grupo.

Esta demanda deberá ser presentada ante el juez civil (en caso de que sean privados los que causen el daño) o ante el juez administrativo (en caso de que quienes causaron los daños sean autoridades públicas o privadas prestando servicios públicos).

La demanda deberá cumplir los siguientes requisitos: la descripción de los hechos que generaron los daños, un estimativo en dinero de los daños causados, la identificación de las 20 personas (mínimo) que resultaron afectadas por el hecho y que desean la reparación de los daños por este medio, la identificación del demandado y las pruebas que permitan al juez verificar que los daños fueron consecuencia de los hechos alegados.

Inicialmente el juez intentará una conciliación dentro del proceso. Si las partes llegan a un acuerdo, quedará en el acta de conciliación el acuerdo de pago de los perjuicios causados. De no llegar a un acuerdo, el juez valorará las pruebas presentadas para establecer si los hechos descritos en la demanda son los que generaron el daño y decidirá de qué forma y por qué monto deben ser indemnizadas las personas que promovieron la acción.

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