¿Quién se queda con la mascota en caso de que se presente una separación conyugal?
En estos casos el animal es visto como un bien inmueble y el juez puede decidir quién puede cuidar mejor al gato o perro, dependiendo de las condiciones
28 de enero de 2025Las personas cada vez prefieren tener más gatos o perros en vez de hijos o las familias, de por sí, ya cuentan con una mascota que los acompaña toda su vida. En algunas ocasiones las parejas suelen tener a un animal de compañía, pero, ¿qué ocurre cuando hay una separación conyugal? ¿quién se queda con la mascota?
Marilyn Valencia, coordinadora para asuntos de familia de Riveros Victoria Abogados, explicó que, aunque el reciente reconocimiento jurisprudencial de los animales de compañía, como miembros de la familia, ha generado un debate sobre su destino en caso de separación de una pareja, hoy en día no existe una ley específica que regule de manera detallada este asunto.
“En ausencia de un acuerdo entre las partes, la tenencia del gato puede resolverse con base en criterios patrimoniales, como la titularidad de la compra o adopción, quién se ha hecho cargo de su manutención y si el animal fue adquirido dentro o fuera de la sociedad conyugal”, recalcó Valencia.
Daniela Carillo, líder del área de derecho de familia en Cafore Abogados, enfatizó que, en estos casos, el destino de las mascotas en una separación depende de si las partes logran llegar a un acuerdo o si el caso se lleva a los tribunales. Si ambas personas optan por una conciliación extrajudicial, pueden decidir quién se quedará con el animal, establecer un régimen de visitas o compartir la custodia.
Carrillo enfatizó en que “a la hora de decidir, se tomarán en cuenta varios factores, como quién adquirió al gato, si éste existía antes del matrimonio, quién ha sido su principal cuidador y qué opción asegura el mayor bienestar para el animal”.
Marilyn Valencia, coordinadora para asuntos de familia de Riveros Victoria Abogados, añadió que el marco legal colombiano aún no contempla la realidad de las familias multiespecie, así mismo, el artículo 42 de la Constitución Política define la familia como un núcleo compuesto exclusivamente por seres humanos.
“Para reconocer legalmente a las familias multiespecie y otorgarles derechos específicos, sería necesaria una reforma constitucional que amplíe el concepto de familia. En ausencia de esta reforma, la situación jurídica de las mascotas en caso de separación se rige por las normas generales sobre bienes muebles, lo que genera incertidumbre respecto a una regulación frente a las familias multiespecies”, recalcó la abogada.
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