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Transporte

Supertransporte multó a Didi, Beat y Cabify con $1.722 millones por fallas en servicio

Las sanciones se toman después de que la entidad recibiera múltiples denuncias de los ciudadanos entre 2019 y 2020

15 de julio de 2022

Lilian Mariño Espinosa


Canal de noticias de Asuntos Legales

Después de recibir múltiples denuncias de usuarios y establecer que varios conductores asumen la prestación del servicio de transporte sin cumplir con los requisitos legales y utilizando vehículos que no están habilitados para esta actividad, la Supertransporte sancionó a Didi, Beat y Cabify e impuso multas que suman $1.722 millones para los prestadores.

Según la entidad, las empresas "fueron declaradas responsables por facilitar la violación de varias normas generales del sector transporte y, así mismo, alterar la debida prestación de este servicio público esencial. Además, las investigadas fueron amonestadas con orden perentoria para que adopten las medidas tendientes a superar la alteración que han generado en la prestación del servicio público".

“La legalidad en el transporte es lo primordial para una movilidad segura para todos los ciudadanos, y a ese objetivo le hemos apuntado desde el Gobierno Nacional, porque trabajamos para que los usuarios tengan la garantía de tomar vehículos habilitados y que cumplan con la normatividad vigente para nuestro sector", explicó la ministra Ángela María Orozco.

Sobre Cabify además de las multas por los incumplimientos se estableció una sanción adicional por no haber atendido los requerimientos de información formulados por esta Superintendencia.

Entre los incumplimientos está no cumplir con los permisos necesarios para que una empresa pueda prestar el servicio público de transporte; violación de las disposiciones relacionadas con el registro y matrícula de equipos para la prestación del servicio; no vigilar y constatar que los conductores de los equipos cuenten con la licencia de conducción vigente y apropiada para el servicio; no desarrollar programas de medicina preventiva y de capacitación para entregar un buen servicio de transporte, o no contar con los seguros necesarios que se le piden a empresas del sector. En total fueron más de 14 cargos.

Además de las multas se les ordenó realizar los ajustes necesarios para que los servicios sí obedezcan a figuras contractuales válidas distintas al contrato de transporte público, "como lo puede ser el contrato de arrendamiento con conductor; salvo cuando la plataforma sea utilizada por empresas legalmente constituidas y debidamente habilitadas o por conductores habilitados para prestar el servicio público de transporte, usando para ello vehículos autorizados para tal fin, siempre en cumplimiento del marco normativo".

Contra las decisiones proceden los recursos de reposición que las empresas deberán presentar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación.

Según el Superintendente de Transporte, Wilmer Salazar, es importante aclarar que “esta Superintendencia no está en contra del uso de plataformas tecnológicas en las que se integre la demanda y la oferta de los servicios de transporte. Lo que no resulta posible es facilitar la violación de las normas del sector, pues el cumplimiento de la regulación es fundamental para resguardar derechos fundamentales como la salud, la vida e integridad, y además, derechos de orden económico, si se tiene en cuenta las serias incidencias que tiene el transporte en la competitividad del país".

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