Edictos y Avisos Legales
EDICTO
RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO
JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DE IBAGUÉ
Dos (02) de octubre de dos mil veinticuatro (2024)
PROCESO: DECLARACION UNION MARITAL DE HECHO Y SOCIEDAD PATRIMONIAL
DEMANDANTE: LAURA ELISA GUACA SAMBONI
DEMANDADO: CECILIA Y AMPARO MELO GUACA y HEREDEROS INCIENTOS E INDETERMINADOS de JOSE DEMESIO MELO ROSALES (Q.E.P.D)
RADICADO: 73-001-31 -10-006-2024-0023900
Por haber sido subsanada en debida forma la demanda y reunir la presente demanda los requisitos formales consagrados en el artículo 82 del Código General del Proceso y s.s. del mismo estatuto, se dispone:
RESUELVE
1. ADMITIR la demanda de declaración de existencia de unión marital de hecho y sociedad patrimonial. propuesta por LAURA ELISA GUACA SAMBONI, por conducto de apoderado judicial. en contra de CECLIA MELO GUACA y AMPARO MELO GUACA los herederas inciertos e indeterminados del señor JOSE DEMESIO MELO ROSALES (Q.E.P.D.)
2. Imprímasele el trámite verbal previsto en el artículo 368 y siguientes, en concordancia con el artículo 388 del Código General del Proceso.
3. De la demanda y sus anexos córrase traslado a la parte demandada por el término de veinte (20) días. Notifíquesele este proveído en términos del Articulo 291 y siguientes del Código General del Proceso, en concordancia con la Ley 2213 de 2022.
4. Se ordena el emplazamiento de los de los HEREDEROS INCIERTOS E INDETERMINADOS de JOSE DEMESIO MELO ROSALES (Q.E.P.D.) de conformidad con las disposiciones de que trata el artículo 108 del C.G.P, el emplazamiento correspondiente deberá publicarse en medio escrito (El Tiempo o La República) un domingo. (Edicto emplazatorio).
Cumplida la publicación ordenada previamente por la parte demandante, lo anterior, por la secretaria procédase al registro del emplazamiento en el Registro Nacional de Personas Emplazadas y contrólese el término de ley para lo pertinente. (Registro).
5. Se reconoce como apoderada judicial al Dr. FERNANDO MORALES RENGIFO, para actuar en nombre y representación de LAURA ELISA GUACA SAMBONI en los términos y las condiciones del mandato conferido.
NOTIFIQUESE
La Juez
Paula Andrea Zuluaga Giraldo
Firmado por:
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