Edictos y Avisos Legales
AVISO
RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DE IBAGUE TOLIMA RESUELVE: PRIMERO: DESIGNAR como guardadora legitima principal de la menor edad Elizabeth Rose Villamizar Vargas identificada con registro civil de nacimiento, NUIP 1.107.991.653 e indicativo serial 58471723 a la señora Mariette Karina Villamizar Andrade identificada con cédula de ciudadania No. 38.143.595 y como guardador legitima suplente se designa a la señora Aracely Inés Andrade en calidad de abuela paterna de la niña, identificada con cédula de ciudadania No. 41.726.046, a quienes se les saber que este cargo extiende a la representación judicial de la menor de edad asi como a la administración de sus bienes y se les pone de presente los deberes y responsabilidades establecidos en los art. 6, 53, 54, 88, 89 ,91,94,104 a 107 de la ley 1306 de 2009 y demás normas concordantes. SEGUNDO: La guardadora principal deberá tomar posesión del cargo para que pueda entrar en ejercicio del mismo, en forma como lo ordena la Ley referida y en caso de ausencia temporal o definitiva de la guardadora legitima principal se deberá informar al Juzgado para que la guardadora legitima suplente tome posesión del cargo. TERCERO: EXIMIR a las guardadoras legitimas principal y suplente designada de la obligacion de prestar caucion, teniendo en cuenta lo expuesto en la parte considerativa, asi mismo, se ORDENA la confección de los inventarios en la forma como lo dispone la Ley. CUARTO: Se ORDENA la inscripción de esta sentencia en el registro civil de nacimiento de ELIZABETH ROSE VILLAMIZAR VARGAS. Ofíciese. QUINTO: De conformidad con el art. 86 la Ley 1306 de 2009., se nombra como perito contable a la señora Leidy Patricia Monroy Arévalo, para que dentro del término de 60 contados a partir que se le comunique de forma efectiva nombramiento y este tome posesión, proceda a confeccionar el inventario de los bienes del pupilo siguiendo las reglas establecidas para los administradores de los procesos concursales y los principios de contabilidad generalmente aceptados como lo establece la precitada norma. SEXTO: ORDENAR comunicar la presente decisión por aviso, en un diario de amplia circulación nacional (EL TIEMPO O LA REPÚBLICA), cumplido lo anterior, se deberá allegar copia de la publicación a este proceso. SEPTIMO: Se ORDENA a la señora Mariette Karina Villamizar Andrade rendir cuentas comprobadas de su gestión en la forma y términos que establece los art 103 y 104 de la ley 1306 de 2009. OCTAVO: La presente decisión queda notificada en estrados, concediéndose el uso de la palabra al apoderado de la parte, como al defensor de Familia. Quienes no presentaron recursos. No siendo otro el objeto de la presente audiencia se termina el día 17 de octubre de 2024 siendo las 11:29 am. NOTIFiQUESE Y CÚMPLASE. La Juez, PAULA ANDREA ZULUAGA GIRALDO - Secretario Ad-Hoc, HAROLD ANDRES VELA RAMIREZ (Oficial mayor).
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