Edictos y Avisos Legales
EDICTO EMPLAZATORIO
CAJA DE VIVIENDA POPULAR"CAVIVIR EN LIQUIDACIÓN"
PRIMER AVISO
LA CAJA DE VIVIENDA POPULAR DE VILLAVICENCIO "CAVIVIR" EN LIQUIDACION, IDENTIFICADA CON NIT, NUMERO 892.099.200-9 SE PERMITE INFORMAR A INTERESADOS EN EL PROCESO LIQLUIDATORIO.
AVISA:
Que en virtud del Acuerdo No. 624 del 01 de agosto de 2024, se autorizó al Alcalde de Villavicencio para que continúe con el proceso de liquidación y supresión de la Caja de Vivienda Popular de Villavicencio" CAVIVIR", de igual modo, mediante resolución número 052 del 12 de agosto de 2024, fue designado por el Alcalde de Villavicencio el señor ALONSO GARAY CAJAMARCA, Gerente de la Empresa de Desarrollo Urbano PIEDEMONTE EICM, como Agente Liquidador con la función de reiniciar y culminar el proceso de liquidación de la Caja de Vivienda Popular "CAVIVIR" en liquidación. Que mediante Resolución 001 de 2025 se definió el cronograma de actividades en el proceso de supresión y liquidación de la caja de vivienda popular "CAVIVIR", definiendo como plazo para presentar reclamaciones de manera OPORTUNA hasta el 12 de abril de 2025 hasta las 5:00 p.m. Que mediante Resolución 003 de 2025, se modifica el cronograma de actividades en el proceso de supresión y liquidación de la caja de vivienda popular "CAVIVIR", definiendo como plazo para presentar reclamaciones de manera OPORTUNA hasta el 17 de julio de 2025 hasta las 5:00 p.m. Que el régimen jurídico aplicable al proceso liquidatario se encuentra contenido en el Decreto ley 254 de 2000 modificado por la Ley 1105 de 2006, en lo contemplado en el Estatuto Orgánico el Sistema Financiero y las demás normas que las reglamenten, modifiquen, adicionen o sustituyan, por lo anterior,
EMPLAZA A:
Todos los acreedores personas naturales o jurídicas de carácter público y privado que se consideren con derecho a presentar reclamaciones a cargo de la Entidad en liquidación para que presenten al proceso liquidatario su reclamación de manera OPORTUNA con prueba siguiera sumaria de sus créditos, el cual será de manera electrónica en la página web o de manera física en las oficinas ubicadas en la dirección calle 37 No. 29-57 Centro 5to piso Villavicencio, durante el periodo comprendido entre el día 21 de abril de 2025, a partir de las 9:00 a.m. al 17 de julio de 2025 hasta las 5:00 p.m. SE INFORMA que, una vez vencido el término para presentar reclamaciones de manera OPORTUNA. Las. reclamaciones presentadas a partir del 17 de julio de 2025, después de las 5:00 p.m. serán calificadas y graduadas como EXTEMPORÁNEAS.
SE ADVIERTE que las acreencias no reclamadas y que aparezcan debidamente comprobadas en los libros de contabilidad oficiales de la entidad en liquidación, serán sometidas a estudio con el fin de determinar la viabilidad de su calificación como pasivo cierto no reclamado. Para efectuar la reclamación, los interesados deberán diligenciar de forma gratuita, EL FORMULARIO DE RECLAMACIÓN que estará disponible en la página web www.piedemonteeicm.gov.co de la entidad, que podrá también ser solicitado GRATUITAMENTE en las instalaciones de le Entidad ubicada en la calle 37 No, 29 57 Centro 5to piso, la información requerida puede ser enviada al correo electrónico enliquidacioncavivir@gmail.com o radicarla en la entidad ubicada en la calle 37 No, 29 57 Centro 5to piso. SE ADVIERTE a los Jueces y autoridades que adelantan procesos de cobro, ejecutivos y de Jurisdicción coactiva en contra de la que deberán ordenar la suspensión de los procesos en curso, el levantamiento de medidas cautelares y la imposibilidad de admitir nuevos procesos de esta clase. Dichos procesos deberán remitirse al liquidador a fin de incorpóralos a este proceso de liquidación en virtud de lo establecido en el Decreto ley 254 de 2000 modificado por la ley 1105 de 2006, en lo contemplado en el Estatuto Orgánico del. Sistema Financiero y las demás normas que las reglamenten, modifiquen, adicionen o sustituyan. SE ADVIERTE que en adelante no se podrá iniciar proceso o actuación alguna con la entidad, sin que se notifique personalmente al liquidador, so pena de nulidad. Se ADVIERTE a la SUPERINTENCIIA DE NOTARIADO Y REGISTRO que a partir del 10 del febrero de 2025, queda prohibido cualquier registro u anotación en los certificados de libertad y tradición de los inmuebles y propiedades de le Caja de Vivienda Popular de Villavicencio "CAVIVIR EN LIQUIDAC ION, por todo lo anteriormente expuesto.
Villavicencio, 7 de abril de 2025.
ALONSO GARAY CAJAMARCA. Agente Liquidador CAJA DE VIVIENDA POPULAR "CAVIVIR"
V-355
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