Edictos y Avisos Legales
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA
EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días en el trámite de la sucesión intestada del(la) causante(s) FLOR DE MARIA FLOREZ DE BAYONA (QE.P.D.) Quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 28.096.326 expedida en Chralá.
La abogada ELUZ PIERINA SOLANO ANAYA, mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada con la cédula de ciudadanía número 1.095.79.691 de Floridablanca, abogada titulada en ejercicio, con Tarjeta Profesional 13.600 del Consejo superior de la Judicatura, como apoderada de los señores OLGA BAYONA FLOREZ, identificada con cédula de ciudadanía número 63.310.636 de Bucaramanga, en calidad de heredera y cesionaria GLORIA TERESA BAYONA FLOREZ, identificada con cédula de ciudadanía número 63.289.921 de Bucaramanga, PEDRO ELIAS BAYONA FLOREZ, identificado con cédula de ciudadanía número 91.231.258 de Bucaramanga, FABIO BAYONA FLOREZ, identificado con cédula de ciudadanía número 91.280.916 de Bucaramanga, EDGAR BAYONA FLOREZ, identificado con cédula de ciudadanía número 91.243.324 de Bucaramanga, y CARLOS ARTURO BAYONA FLOREZ, identificado con cédula de ciudadanía número 91.275.495 de Bucaramanga, en calidad de herederos de la causante FLOR DE MARIA FLOREZ DE BAYONA (Q E.P.D.) Quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 28.096.326 expedida en Charalá, fallecida el 26 de agosto de 2.016 en Piedecuesta, siendo su último lugar de domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bucaramanga, presento ante esta Notaría solicitud para el trámite de sucesión del(los) citado(s) causante.
Aceptado el presente trámite, mediante ACTA N° 205 de fecha 22 de octubre de 2024, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional, su difusión por una vez en una emisora de este municipio, y su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días hábiles, conforme lo dispone el numeral 2 del artículo 3 del decreto 902 de 1.988.
Para constancia, se fija el presente edicto en la cartelera pública de esta Notaría, a las 8:00 A. M., del 22 de octubre de 2024.
MARCO TULIO SINISTERRA HURTADO Notario Quinto del Círculo de Bucaramanga
(Hay firma y sello)
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