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Edictos y Avisos Legales





AVISOS

13 de noviembre de 2024

EDICTO

REPÚBLICA DE COLOMBIA 

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO QUINTO DE FAMILIA 

La Secretaria del Juzgado Quinto de Familia del Circuito de Manizales, Caldas 

AVISA 

Que mediante Sentencia debidamente notificada y ejecutoriada, emitida el 1° de septiembre de 2023, en el proceso de REVISION DE INTERDICCION POR DISCAPACIDAD MENTAL del señor QUERUBIN SANCHEZ BOHORQUEZ, se realizaron los siguientes ordenamientos: 

"[...]RESUELVE: 

PRIMERO: ORDENAR a la Registraduría Nacional del Estado Civil, para que anule la inscripción de la sentencia de interdicción proferida por este Despacho el 12 de diciembre del año 2011 del señor Querubin Sánchez Bohórquez, en el registro civil de nacimiento, Tomo 10, Serial 390. La secretaria remitirá el oficio pertinente y requerirá a la Notaría por la remisión del Registro Civil de Nacimiento con la anulación de la sentencia dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de la comunicación. SEGUNDO: ESTABLECER que el señor Querubin Sánchez Bohórquez, identificado con C.C. 1.053.774.180 si requiere de la adjudicación judicial en consecuencia se determina para los siguientes apoyos: a) Para la manifestación de su voluntad en la reclamación de derechos de petición y acciones constitucionales ante entidades del sector salud, EPS, IPS y demás entidades del sistema de seguridad social a nombre del señor Querubin Sánchez Bohórquez, a fin de reclamar, concretar el derecho de salud. b) Para ser apoyo en la manifestación de la voluntad del señor Querubin Sánchez Bohórquez ante cualquier procedimiento medico, reclamación de medicación o cualquier procedimiento que se requiera o servicio para la manifestación siempre a la concreción al derecho a la salud. c) Para la manifestación de apoyo para la reclamación de auxilios que puedan otorgarle las entidades del orden territorial como el auxilio de adulto mayor a favor del señor Querubin Sánchez Bohórquez tanto en el Municipio de Villamaria o en el municipio donde se encuentre. TERCERO: DESIGNAR a la señora Lucia Sánchez Bohórquez identificada con C.C 30.310.048 como persona encargada de ejercer el apoyo judicial en favor del señor Querubin Sánchez Bohórquez y para los efectos contemplados en ordinal segundo de esta sentencia. CUARTO: ORDENAR a la señora Lucia Sánchez Bohórquez que en los cinco primeros días del mes de septiembre de cada año presente ante el Despacho presente el balance e informe ordenado en el art. 41 de la Ley 1996 de 2019, que deberá contener el tipo de apoyo que se prestó en los actos jurídicos en los cuales tuvo injerencia, las razones que motivaron la forma en que prestó el apoyo, con especial énfasis en cómo estas representaban la voluntad y preferencias del titular del acto y la persistencia de la relación de confianza entre aquellos y el señor Querubin Sánchez Bohórquez. La adjudicación de apoyo aquí  establecida para los actos jurídicos determinados se concede por el término de cinco (5) años siguientes a la ejecutoria de esta sentencia. QUINTO: ORDENAR a la Secretaría del despacho que: a) Efectúe el seguimiento del proceso a fin de que se concrete el cumplimiento del informe de que trata el art. 41 de la Ley 1996 de 2019 y el ordenamiento del ordinal cuarto de esta providencia. b) Lleve control del término y control del término en que debe presentarse el balance ordenado en el art. 41 de la Ley 1996, para lo cual en el tiempo establecido deberá hacer el requerimiento al que haya lugar y una vez allegado tal balance por el apoyo designado deberá pasar el expediente al despacho para proceder a resolver lo pertinente. SEXTO: ORDENAR la notificación al público por aviso de esta sentencia, que se insertará por una sola vez en un diario de amplia circulación Nacional La República. Para tal efecto se ordena a la señora Lucia Sánchez Bohórquez que fue asignada como asignación de apoyo para efectos que dentro del término de diez (10) días siguientes a la ejecutoria de esta sentencia, allegue la publicación en el periódico antes indicado para efectos pertinentes de dar cumplimiento a este ordenamiento". (fdo) ANDIRA MILENA IBARRA CHAMORRO --------JUEZ”. 

GLORIA ELENA MONTES GRISALES 

Secretaria

(hay firma)

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