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Judicial

Banco Popular le ganó pleito a Colmédica Medicina Prepagada en la Superindustria

Fueron suficientes los elementos diferenciadores entre las marcas para otorgar registro al producto del banco

23 de julio de 2020

Jonathan Toro


Canal de noticias de Asuntos Legales

Banco Popular y Colmédica Medicina Prepagada son dos entidades ampliamente reconocidas por los colombianos, cada una muy representativa dentro de su sector: la primera en la parte bancaria y la segunda en la prestación de servicios de la salud.

En esta ocasión, Colmédica se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para oponerse al intento de registro de la marca Tarjeta de Crédito Esmeralda Banco Popular (nominativa) por considerar que reproducía en su totalidad los elementos presentes en su marca, ya registrada, Plan Esmeralda Ambulatorio.

La compañía de medicina prepagada argumentó ante la SIC que la denominación Esmeralda “había sido escogida de forma original para ofrecer en el mercado un servicio de uso exclusivo para sus consumidores”. Por esa razón, consideró que el registro de otra marca con la denominación Esmeralda podría afectar sus derechos y la presencia dentro mercado que representa.

Adicionalmente, Colmédica objetó que el registro de la marca Tarjeta de Crédito Esmeralda Banco Popular llevaría a generar confusiones y, sobre todo, asociaciones dentro de los símbolos, teniendo en cuenta que ambas marcas hacen uso de la expresión Esmeralda para referirse a productos destinados a clientes de categoría exclusiva.

Teniendo en cuenta las objeciones presentadas por Colmédica, Banco Popular solicitó a la SIC que el caso se analizara tomando todos los elementos que fueran sujeto de registro, es decir, el nombre completo de la marca y no solo la expresión Esmeralda, pues consideraba que los otros elementos conexos eran los que dotaban de singularidad y distinción a los símbolos enfrentados.

LOS CONTRASTES

  • Julio SeneorCEO de Seneor Lawyers

    "Que se incluya la expresión Esmeralda no genera una dilución de la marca pues hay diferentes elementos distintivos para que el consumidor pueda llegar a diferenciar las dos marcas"

Además, Banco Popular añadió ante la Superindustria que los servicios que pretendía representar la marca Tarjeta de Crédito Esmeralda hacían referencia al préstamo de una suma de dinero manejada mediante un elemento plástico. “Se hace evidente que los conocidos servicios financieros que presta el Banco Popular no pueden ser equiparables a los planes de salud que presta la opositora Colmédica”, argumento la entidad financiera.

Después de analizar los argumentos de las dos partes, la Superindustria decidió concederle el registro a la marca Tarjeta de Crédito Esmeralda Banco Popular para distinguir servicios comprendidos en la clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza por considerar que las marcas enfrentadas evocaban ideas distintas y la extensión de los símbolos les confería una diferencia sólida en términos gramaticales y fonéticos. Igualmente, la SIC declaró infundada la oposición de Colmédica Medicina Prepagada.

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