21 de septiembre de 2024
Suscribirse


21 de septiembre de 2024
Suscribirse
SIC

Chev & Jons no logró registrarse por oposición de marca Chevignon

El signo en disputa era similarmente confundible con la de la empresa francesa

26 de marzo de 2018

Johnny Giraldo López


Bloomberg
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) defendió a la empresa de ropa francesa Chevignon y negó el registro de la marca Chev & Jons que solicitó la compañía Tendencias y Diseños de Moda E.U.

La marca capitalina pretendía inscribir su nombre en la clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza para vestuario, calzado y sombrerería.

Tendencias y Diseños de Moda E.U es reconocida en el barrio Chapinero de Bogotá por su tienda con el mismo nombre. Su negocio se basa en la compra y venta de textiles y accesorios de segunda mano.

Chevignon se creó en Francia en 1979. Su creador, Guy Azoulay, se inspiró en el famoso aviador Charles Chevignon para diseñar su primera colección de chaquetas de cuero envejecido.

La Dirección de Signos Distintivos ya había negado el registro en primera instancia que pretendía la tienda capitalina porque consideró que estaba incursa en el literal de confundibilidad a) del artículo 136 de la decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Los solicitantes no dieron su brazo a torcer e insistieron ante la Delegatura para la Propiedad Industrial que se inscribiera su marca. Argumentaron que las expresiones Jons y Chev son de fantasía y tienen significado propio. Agregaron que su denominación estaba compuesta de tres partículas a diferencia de Chevignon, que solo tiene una.

Sobre las diferencias, Álvaro Ramírez Bonilla, socio de B&R Latina, dijo que “el signo Chev & Jons cuentan con un alto grado de similitud en el campo ortográfico, fonético y conceptual con el previamente registrado Chevignon que dificulta al consumidor medio diferenciarlas, su registro representaría una vulneración a los derechos del titular de la marca previamente registrada y a los derechos del consumidor”.

La Delegatura solicitó a sus examinadores comprobar los alegatos de la tienda local y repetir el examen de registrabilidad para deliberar si la suscripción era viable.

Los encargados determinaron que en efecto, los distintivos confrontados eran similarmente confundibles a pesar de que contenían algunos elementos nominativos diferentes en su composición y orden.

Juan Carlos Martínez, experto en propiedad intelectual y profesor en la Universidad de la Sabana, expresó que “de concederse el signo, se estaría permitiendo un uso indebido de la reputación ajena consolidada en la empresa francesa y que sería utilizada de forma ilegítima en el mercado. En caso de que coexistieran, el consumidor se confundiría a la hora de hacer la adquisición de las prendas”.

Con base en lo anterior, la delegada, Mónica Andrea Ramírez Hinestroza, volvió a negar la solicitud que vulneraba a Chevignon y comunicó a los empresarios que ya no pueden apelar.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA