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Marcas

El registro de la marca Tottin fue negado en la Superindustria por oposición de Totto

El reconocimiento de notoriedad a totto fue fundamental en la decisión de la SIC

19 de julio de 2019

Luz Karime Grajales Cardona


Colprensa
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La empresa Yang Ai Zhen realizó una solicitud de registro de marca figurativa a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para distinguir sus productos Tottin clase 18 (Mochilas escolares; baúles de viaje; mochilas; bolsas para la compra; bolsos de mano; bolsas de viaje; estuches de viaje [artículos de marroquinería]; bolsas de deporte; billeteras). A la solicitud se opuso Essential Export S.A. con fundamento en la ausencia existente para distinguir, posiblidad de confusión en el consumidor y alegando la notoriedad y propiedad de derechos de autor de Totto.

Al respecto, la SIC resolvió negar el registro de marca para Tottin argumentando que los signos de análisis, tanto solicitado como opositor, “comparten una identidad conceptual al estar conformados por la figura humana compuesta por dos cabezas, dos brazos y dos piernas; las cuales, además, son representadas de formas muy similares, con trazados curvos y criterios de diseño análogos. Por lo anterior, esta Dirección observa cómo, los signos en análisis poseen características conceptuales y gráficas que generan riesgo de confusión por parte del consumidor”.

La similitud de los signos, haría hasta ese momento que Tottin fuera parcialmente irregistrable. Por lo cual el organismo estudió la conexión competitiva entre ambas marcas para determinar finalmente si la oposición de Totto era fundada o no. Al respecto, la SIC definió que la construcción de la marca Totto tiene una fuerza distintivaque se ha posicionado en el mercado colombiano. Por lo tanto el registro solicitado sería fácilmente confundible en el mercado y estaría desconociendo los esfuerzos de Essential Export S.A. Sosteniendo, de esta forma, el estatus especial que tienen las marcas notorias.

LOS CONTRASTES

  • Julio SeneorDirector Seneor Abogados

    “Estoy de acuerdo con que la Superindustria haya declarado la notoriedad. No tenía sentido que una marca que es declarada notoria en Colombia y en el exterior, no se le mantuviera su estatus en la disputa”.

Además, asegura la Superintendencia que aceptar el registro, permitiría, por una parte, que Tottin se aprovechara del prestigio adquirido que ha tenido por años el opositor, y por otro lado, la reputación en cuanto a calidad y servicio con la que ha contado Totto podría verse amenazada por una prevalencia indebida de la empresa solicitante. Igualmente, se le habría dado oportunidad a una explotación injustificada que le habría dado a Tottin la posibilidad de obtener más beneficios del mercado gracias a un esfuerzo ajeno. Por eso, la SIC calificó la solicitud de Yang Ai Zhen, representantes de Tottin, como “una acción parasitaria” de conexidad con su opositor.

Con tales argumentos, finalmente resuelve declarar fundada la oposición de la empresa Essential Export S.A. definiendo la notoriedad de Totto y negar el registro para Tottin por la dificultad para separar, identificar y escoger que tendríua el público consumidor interesado en productos de la clase 18. Especificando la similitud existente entre ambas figuras.

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