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Marcas

Especias El Rey no logró detener nuevo registro presentado por la marca Bimbo S.A.B

La Superintendencia de Industria y Comercio decidió conceder el registro de la marca Marinela Príncipe, tras no encontrar similitud

27 de julio de 2024

Laura Cuevas Sánchez

Signo Opositor

Signo Solicitante


Bimbo. S.A.B
Canal de noticias de Asuntos Legales

Grupo Bimbo S.A.B se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Marinela Príncipe para distinguir productos de las clases 30 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales corresponden a preparaciones hechas a base de cereales.

Luego de la solicitud, Fábrica de Especias y Productos el Rey S.A. presentó oposición ante la clase en cuestión con fundamento en el literal a) y h) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

La parte opositora argumentó que la marca mixta solicitada, Marinela Príncipe, “implica una reproducción de los conceptos e ideas asociados con la marca notoriamente conocida “El Rey” y otras marcas registradas que incluyen esa expresión notoria en el portafolio dentro de la clase 30 de la nomenclatura internacional”.

Por su parte, la marca solicitante respondió que, a simple vista, se observa que los signos presentan más diferencias que similitudes. Esto se debe a que las denominaciones que conforman cada signo son distintas en longitud y resulta en una cantidad diferente de vocales.

La Superintendencia de Industria y Comercio realizó un análisis en el que dijo que “la parte gráfica de los signos confrontados se evidencia que no se encuentra similitud alguna como quiera que presentan particularidades propias que facilitan su diferenciación, pues utilizan imágenes y colores completamente disímiles y sus trazos son distintos, por lo cual el consumidor, al ver ambos signos junto con su parte gráfica, podrá distinguir claramente el origen empresarial”.

LOS CONTRASTES

  • Ángela AmayaSocia de Amaya Propiedad Intelectual

    “El signo solicitado es fonética y gramaticalmente diferente a la marca opositora El Rey, adicionalmente el solicitante cuenta con derechos previos sobre la marca sujeta a registro, lo que permite su concesión”.

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