La Federación le propuso a la solicitante remover el término en disputa para poder registrar su marca sin enfrentarse a ella
27 de noviembre de 2021La sociedad C.I. Floval Group Inversiones se presentó a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) con la intención de solicitar el registro de la marca Montaro Colombian Products (mixta), para distinguir productos en las clases 30 y 32 Internacional, que denotan café, productos de pastelería y bebidas como cerveza.
Ante la solicitud, la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia presentó oposición al registro en la clase 30, con fundamento en las causales de los literales i) y j) del artículo 135 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
La opositora explicó que la expresión ‘Café de Colombia’, que antes era entendida como una frase descriptiva de un producto, cuenta ahora con un régimen especial de protección para su uso.
Al incluir el término ‘Colombian’ en la marca solicitada, “hace una referencia directa a la zona geográfica protegida por la Denominación de Origen ‘Café de Colombia’”.
Como respuesta, Floval Group Inversiones atendió a una solicitud de Fedecafe de remover la palabra ‘Colombian’ de la marca, lo que resultó en una modificación del signo en cuestión, que fue aprobada por la SIC, pues no fue un cambio sustancial y no amplió el espectro inicialmente solicitado.
Para el análisis comparativo, la Dirección de la SIC no encontró que la marca solicitada reprodujera ni imitara a la marca de Fedecafe luego de la modificación del signo. No obstante, se encontró una marca registrada de interés para el caso: Montano D’Niebla, la cual es similarmente confundible a Montaro Products, tanto en las semejanzas vocálicas, como en su elemento gráfico.
Por tal motivo, se resolvió negar el registro de la marca solicitada, aún cuando la oposición de Fedecafe fue infundada.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp