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Marcas

Protección paró registro de Pronnto en la Superintendencia de Industria y Comercio

La SIC dijo que encuentra que son similarmente confundibles en atención a que la marca pretendida a registro reproduce casi en su totalidad

10 de septiembre de 2024

Laura Cuevas Sánchez

Signo Opositor

Signo Solicitante


Sede de Protección
Protección
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Santiago Hoyos Salazar se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comerciocon el fin de registrar la marca Pronnto para distinguir servicios de las clases 35, 37 y 42 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales hacen referencia a servicios de gerencia y gestión de proyectos, suministro de información sobre construcción y servicios científicos y tecnológicos.

Luego de la solicitud, la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A presentó oposición por su asistente virtual ante la clase 35 con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

La parte opositora argumentó que el signo solicitado reproduce íntegramente la marca registrada, evidenciando semejanzas fonéticas, ortográficas e ideológicas. Desde el punto de vista ortográfico, dicen, los signos son casi idénticos en su composición gramatical, ya que el signo solicitado replica completamente el elemento principal de la marca registrada (Pronnto / Pronto El Asesor Virtual De Protección), sin que la doble “N” aporte una distintividad significativa. Además, la sucesión de vocales, la longitud de las palabras y el número de sílabas es casi idéntico en el presente caso.

“Este despacho podría considerar que las diferencias en la escritura de los signos permiten su coexistencia. Sin embargo, tal razonamiento es incorrecto, ya que estas diferencias no son suficientes para distinguir claramente entre los signos. Por ejemplo, la duplicación de la letra “N” no cambia la percepción de los signos, por lo que los consumidores no la notarán, añadieron”.

La parte solicitante dijo que “estamos ante dos signos mixtos, donde uno destaca el elemento denominativo (Pronnto) y el otro el gráfico (Pronto El Asesor Virtual De Protección). Esto debería eliminar cualquier riesgo de confusión, ya que en la marca registrada el término Pronto es menos relevante que el elemento gráfico”.

La SIC dijo que “esta dirección encuentra que son similarmente confundibles en atención a que la marca pretendida a registro reproduce casi en su totalidad al elemento de mayor distintividad de los signos previamente registrados, sin que para al efecto cuente con los suficientes componentes que le otorguen una distinvidad loable”.

Teniendo en cuenta los argumentos de ambas partes, la Superintendencia decidió negar el registro de la marca Pronnto, dada su similitud con la marca ya registrada.

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