La SIC determinó que entre los signos confrontados, además de la identidad ortográfica y fonética, existen similitudes que los hacen confundibles
11 de junio de 2024Semillas Expoagro SAS se presentó ante la SIC con el fin de registrar la marca Semillas ExpoAgro SAS para distinguir servicios de la clase 31 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales son los comprendidos como bulbos y semillas de plantas; bulbos y semillas de siembra; bulbos y semillas para plantar; bulbos, plantones y semillas para plantar; frutas, verduras, hortalizas, entre otros.
Luego de la solicitud, Corporación De Ferias y Exposiciones S.A. presentó oposición ante la clase solicitada con base en lo dispuesto en los literales a) del artículo 136 de la Decisión 486 de 2000.
En cuanto al análisis comparativo, la SIC encontró que dando lugar al análisis de registrabilidad del signo solicitado es preciso indicar que se trata de una marca mixta compuesta por las expresiones Semillas ExpoagroSAS, en tipografía específica, con un diseño especial consistente en una figura circular cuyo centro contiene una planta.
Mencionaron que de acuerdo a las reglas jurisprudenciales expuestas es el elemento nominativo de cada signo el preponderante en sus conjuntos, por cuanto son las palabras las que causan mayor impacto en el consumidor por ser aquellas que usaría para pedir los productos/servicios protegidos con estos signos, además del hecho de que el elemento denominativo es el que tiene un grado de recordación más alto en la mente de consumidor y puede ser asociado a los productos que identifica en mayor medida que el elemento gráfico.
Concluyendo que se evidencia que en las marcas cotejadas predomina las expresiones Expoagro vs Agroexpo, al tener la mayor carga distintiva, frente a expresiones como “Caribe, semilla” y similares que tienen un tamaño significativamente menor en el conjunto marcario y son de uso común de los productos a identificar. En efecto, la expresión “Semilla” que acompaña al signo solicitado es de naturaleza explicativa, sobre la cual no puede recaer ningún tipo de protección específica, dada su naturaleza genérica y de uso común frente a los productos del sector de mercado pretendido.
Por lo que SIC determinó que entre los signos confrontados, además de la identidad ortográfica y fonética, existen similitudes que los hacen confundibles conceptualmente al evocar exactamente la misma idea o concepto para el público consumidor: la exposición del sector agropecuario.
Tomando los argumentos de ambas partes en cuenta, la SIC decidió negar el registro de la marca Semillas ExpoAgro SAS.
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