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Marcas

Summar no frenó registro de Sumas ante la Superintendencia de Industria y Comercio

La Superintendencia de Industria le dio prioridad al signo solicitado, pues contaba con derechos previos sobre la marca registrada

01 de abril de 2023

Alex Galvis Monguí

agalvis@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Ante la Superintendencia de Industria y Comerciose presentó Sumas Construcciones S.A.S. solicitando el registro de la marca Sumas, mixta, para distinguir servicios comprendidos en las clases 36, 37 y 42 de la Clasificación Internacional de Niza, las cuales denotan los negocios e inversiones inmobiliarios; los servicios de construcción prestados por contratistas inmobiliarios; y los servicios de arquitectura, planificación de obras de construcción y trazado de planos para la construcción, respectivamente.

Después de la solicitud de registro, Summar Procesos S.A.S. presentó oposición en contra de las tres clases solicitadas con fundamento en el articulo 136 literal a de la Decisión 486 de 2000.

Lo anterior con el argumento de que la marca solicitada es similarmente confundible desde el punto de vista ortográfico, fonético, visual y conceptual con la marca Summar, propiedad de la empresa opositora. También se argumentó que en cuanto al aspecto ideológico, la similitud entre la marca ya registrada y la marca solicitada es evidente, ya que cualquier usuario de servicios de la clase 37, confundirá fácilmente las marcas en su mente.

LOS CONTRASTES

  • Carlos AmayaSocio de Amaya Propiedad Intelectual

    “La sociedad Sumas Construcciones S.A.S. cuenta con derechos previos sobre la marca Sumas desde 2014, es decir, con anterioridad a los signos opositores Summar.”

Después de la oposición, la empresa solicitante, Sumas Construcciones S.A.S., no presentó ningún contra argumento, ni defendió su solicitud de registro.

Finalmente y tras analizar el caso, la Superindustria determinó que los signos confrontados presentan distintas cadenas vocálicas y consonánticas que hacen que se emita una impresión en conjunto diferente, por lo que no existe el riesgo de confusión en caso de coexistencia, por esta razón se decidió conceder los registros de todas las clases solicitadas, y por consecuente, todas las oposiciones presentadas fueron infundadas.

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