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Rufitas

Superindustria canceló el registro del signo de las papas Rufitas por oposición de Pepsico

Pepsico alegó el parecido con su marca de papas Ruffles

30 de enero de 2018

Johnny Giraldo López


La venta anual de las papas Ruffles equivale a más de US$1.000 millones y se vende en los cinco continentes.
Canal de noticias de Asuntos Legales

La multinacional estadounidense de bebidas y alimentos Pepsico se opuso ante los estrados de la Superintendencia de Industria y Comercio por el registro de la marca Rufitas (mixta) que solicitó la compañía Alimentos S.A, la cual fue concedida y luego cancelada por la autoridad.


El signo pretendía registrar productos de la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza en la que se contemplan harinas y preparaciones a base de cereales para usar en la preparación de pasabocas. La compañía norteamericana se opuso porque el producto Rufitas se parecía con su signo inscrito: Ruffles.

LOS CONTRASTES

  • Zoraida FonsecaEspecialista en la firma Phillipi Prietocarrizosa Ferrero DU &Uría

    “la Superintendencia de Industria y Comercio consideró que entre los signos Ruffles y Rufitas existían semejanzas visuales fruto de la combinación de los mismos colores y de coincidir en el inicio de las marcas. La autoridad marcaria busca proteger al consumidor de un posible riesgo de confusión al que se vería expuesto cuando perciba los productos”.

  • Carlos AmayaSocio Amaya Propiedad Intelectual

    “el signo Rufitas puede inducir al público consumidor a creer que se trata de una versión en diminutivo de la marca notoria Ruffles, y por ende que tiene el mismo origen empresarial, de manera que la coexistencia causaría una desorganización”.

En primera instancia, la Dirección de Signos Distintivos declaró la oposición infundada y concedió la inscripción al considerar que el registro no se encontraba incurso según la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Pepsico apeló el veredicto y pidió que se revocara ante la Delegatura para la Propiedad Industrial en la SIC alegando que ambos productos estaban en la misma clasificación, por lo que compartían los mismos canales de comercio. También argumentó que los nombres Ruffles y Rufitas compartían la misma raíz y terminación ortográfica y que ambas nominaciones se valen del color blanco y rojo para identificarse.

La Delegatura procedió a analizar el alegato a partir de la decisión 486 de la CAN, la cual señala que son irregistrables los íconos y nombres que tengan semejanzas notorias con otros en el mercado y que además tengan una conexidad competitiva, es decir, que atienden los mismos mercados.

La SIC hizo un análisis entre los dos signos y concluyó que entre las partes había similitudes fonéticas, ortográficas y visuales suficientes para considerar la irregistrabilidad de Rufitas. También deliberaron que como ambos productos están dentro de la misma Clasificación de Niza, comparten los mismos canales comerciales y coinciden plenamente en su propósito, por lo que un consumidor desprevenido podría tomar un producto de una marca queriendo adquirir otra.

Tras el estudio, la Superintendente Delegada revocó la decisión de primera instancia y canceló la marca Rufitas. Además, notificó a las empresas confrontadas y se les comunicó que no hay ningún recurso que procediera frente al veredicto.

La especialista Zoraida Fonseca, de la firma Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría dijo que “la Superintendencia de Industria y Comercio consideró que entre los signos Ruffles y Rufitas existían semejanzas visuales fruto de la combinación de los mismos colores y de coincidir en el inicio de las marcas. La autoridad marcaria busca proteger al consumidor de un posible riesgo de confusión al que se vería expuesto cuando perciba los productos”.

El experto Carlos Amaya, socio de la firma Amaya Propiedad Intelectual, también se mostró a favor y aclaró que “el signo Rufitas puede inducir al público consumidor a creer que se trata de una versión en diminutivo de la marca notoria Ruffles, y por ende que tiene el mismo origen empresarial, de manera que la coexistencia causaría una desorganización”.

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