La Superindustria demostró que los signos enfrentados no pueden convivir dentro del mercado por sus estructuras gramáticas y fonéticas
06 de octubre de 2022Falabella S.A. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) con el fin de solicitar el registro de la marca Tottus (Mixta) para distinguir productos comprendidos en la clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota jugos de fruta, bebidas de fruta y jugos jarabes y otras preparaciones para hacer bebidas; bebidas no alcohólicas, en particular bebidas refrescantes, bebidas fortificantes, bebidas no-lácteas y bebidas isotónicas.
Luego de la solicitud, Essential Export, Ltda. presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad establecida en el artículo 136 de la Comisión de la Comunidad Andina.
La opositora es la titular de la marca notoria Totto, que tiene varios registros tanto mixtos como nominativos, y resaltó que en la solicitada a registro “resalta su componente nominativo, más que el gráfico, por lo que el público consumidor reconocerá a las marcas en disputa por sus nombres, Tottus y Totto, más que por su tipo de letra o por cualquier otra característica”.
Adicionalmente, reiteró que cuenta con una familia de marcas que utiliza la expresión “Tott” como distintivo para las estrategias de mercadeo. En ese sentido, argumentó que, en caso de que se admitiera el registro solicitado, los consumidores podrían presentar confusión, considerando que se trata de una nueva división de la registrada.
Esto, por cuenta de significativa similitud fonética y ortográfica, evidenciada en que Tottus replica casi con exactitud las vocales y consonantes de la opositora, por lo que, al momento de ser pronunciadas, evocan características y sonidos similares.
Dentro del término concedido, Falabella S.A. respondió a la oposición señalando que “al observar el elemento gráfico de las marcas fundamento de la oposición, claramente generan un impacto visual muy diferente al de la marca solicitada, debido a la combinación de colores utilizados, y a la diferencia que se genera con la terminación O”.
Adicionalmente, recordó que los signos enfrentados no comercializan los mismos productos de la Clasificación Internacional de Niza, por lo que no existe un riesgo de conexidad competitiva entre las marcas.
Tras revisar los argumentos, la Superindustria realizó un análisis estructural de los signos y encontró que las marcas enfrentadas, desde el punto de vista de la composición gramatical, son casi iguales. Además, en su estructura fonética, los signos comparten, en su mayoría, las mismas consonantes y secuencia vocálica, por lo que, al momento de ser pronunciadas, pueden generar una confusión para los consumidores.
Por estos motivos, la SIC declaró fundada la oposición de Totto y negó el registro de la marca Tottus, de Falabella.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp