La entidad rechazó la solicitud de registro de la marca “Upper Express”, presentada por Latinocargo S.A.S. para servicios logísticos
27 de marzo de 2025Signo Opositor
Signo Solicitante

Uber le canceló el viaje a “Upper”en la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC.
La entidad rechazó la solicitud de registro de la marca “Upper Express”, presentada por Latinocargo S.A.S. para servicios logísticos de transporte relacionados con aduanas.
La decisión, que se encuentra en la resolución 11936, se fundamenta en la oposición de Uber Technologies, Inc., que argumentó que podría haber confusión con su marca Uber.
La empresa mundial de transportes sostuvo que “Upper Express” reproduce parcialmente su marca, lo que podría llevar a los consumidores a una asociación errónea. La empresa argumentó que, al ofrecer servicios de transporte, el registro de esta nueva marca podría perjudicar la distintividad de Uber y su valor comercial. Aunque presentó evidencia de su presencia global, la SIC consideró que no era suficiente para demostrar su notoriedad en Colombia.
La SIC examinó la similitud entre ambas marcas y concluyó que, aunque difieren en diseño y concepto, comparten ciertos elementos fonéticos y ortográficos que podrían causar confusión.
Además, destacó que ambas marcas están relacionadas con servicios de transporte, lo que incrementa el riesgo de que el público asuma que tienen un origen empresarial común. “Es importante indicar que los signos distintivos no identifican clases, sino productos o servicios y que, en una misma clase se pueden encontrar servicios que están allí”, dice la sentencia de la Superindustria.
Por su parte, Latinocargo S.A.S. defendió su solicitud argumentando que “Upper Express” está dirigida a un mercado especializado en logística aduanera y no compite directamente con los servicios de transporte doméstico de Uber. La empresa modificó su solicitud para limitarla a “servicios logísticos de transporte relacionados con despachos de aduanas”, pero la SIC se mantuvo firme en su decisión.
La resolución negó el registro de “Upper Express” al considerar que infringe el artículo 136 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina, debido a su similitud con marcas ya registradas. Sin embargo, la SIC no aceptó declarar la notoriedad de Uber por la falta de pruebas contundentes. Latinocargo S.A.S. tiene la opción de apelar en un plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la entidad.
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