La opositor aseguró que la marca no posee elementos adicionales que permitan la diferenciación de los productos en el mercado
10 de diciembre de 2021Ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se presentó la sociedad Samasa S.A.S. para registrar la marca LZ (Nominativa), que pretendía identificar productos comprendidos en la clase 18 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota correas para mascotas.
Luego de la solicitud, la empresa de moda Cueros Vélez S.A.S. presentó oposición alegando que el signo es similarmente confundible con su marca VZ, por las semejanzas en el orden visual y ortográfico, “por lo que de accederse a su registro se vulnerarían los derechos de exclusividad concedidos y se desprotegería a los consumidores, quienes estarían expuestos a riesgo de confusión”.
En esa línea, la opositora aseguró que al apreciar el signo ‘LZ’ sin ningún diseño ni tipografía especial, los consumidores lo asociarán inmediatamente con la marca registrada ‘VZ’, pues está ubicada en exacto orden, “y precedida en ambos casos por una consonante, compartiendo el mismo parámetro de combinación”.
En su defensa, la solicitante afirmó que el elemento predominante del signo opositor es el gráfico, y que respecto de la marca de en cuestión, es un trazo grueso de color negro, que asemeja un garabato ilegible para el consumidor promedio, “quien no podrá identificar las letras ‘v’ y ‘z’, ni mucho menos individualizarlas para identificar un ‘VZ’ de forma clara”.
Asimismo, la solicitante aseguró que hay ausencia de conexidad competitiva, pues a su juicio las marcas confrontadas ni siquiera se encuentra en la misma clasificación de productos. “Si bien existe una cierta relación entre los productos de las clases 18 y 25, lo cierto es que la cobertura de productos en el caso puntual resulta verdaderamente diferenciable”.
Luego de un análisis comparativo y de irregistrabilidad, la SIC aseguró que el elemento gráfico es el preponderante, pues es el que genera mayor impacto a la vista y recordación. “Esta dirección observa que, si bien los signos comparados comparten cierta semejanza, analizándolos en su conjunto se encuentra que cada uno de ellos cuenta con elementos adicionales que producen una impresión totalmente diferente en el consumidor”.
Sin embargo, la dirección del ente regulador encontró una marca de oficio homónima y concluyó que es susceptible de generar riesgo de confusión por cuanto se trata de signos idénticos (LZ vs. LZ), “sin que el componente gráfico en el que se ilustra la marca antecedente mixta permita su diferenciación”.
Por las razones expuestas, la Superindustria declaró infundada la oposición interpuesta por Cueros Vélez S.A.S. pero negó el registro de la marca LZ (nominativa), de Samasa S.A.S. en la clase 18 internacional.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp