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Marcas

Yupi no detuvo registro de Cornelia en la Superintendencia de Industria y Comercio

La marca Copelia de Yupi perdió un largo pleito marcario ante la SIC y contra la resolución dada no procede recurso alguno

04 de agosto de 2021

Juan Diego Murcia

jmurcia@larepublica.com.co

Copelia
Canal de noticias de Asuntos Legales

Tras un largo proceso, la Dirección de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio resolvió el recurso de apelación para negar la cancelación, por notoriedad de registro de la marca Cornelia (mixta) de la compañía Inversiones KIÜ S.A.S, que distingue los servicios que hacen parte de la Clasificación Internacional de Niza número 43, restaurantes de alta cocina y gastronomía gourmet.

Todo comenzó cuando Productos Yupi S.A.S., se interpuso al registro de la marca solicitante al considerar que presentaba fuertes similitudes con la previamente registrada Copelia (nominativa y mixta), que identifica productos de las clases 29, 30 y 43 internacional. “Las marcas tienen una estructura ortográfica y gramatical prácticamente idéntica”, aseguró la defensa de Yupi.

Dentro del término concedido, Inversiones KIÜ aseguró que el plano nominativo se encuentra compuesto por la palabra Cornelia, que inspira la mente del consumidor la idea clara, unitaria y directa de un nombre antiguo de una mujer.

Después de conocerse la decisión que tomó la SIC a principios de 2020, de negar la cancelación por notoriedad de registro de Cornelia, mediante escrito presentado dentro del término y con el lleno de los requisitos legales, Yupi presentó un recurso de apelación ante la dirección afirmando que existe una conexidad competitiva entre los signos pues había relación con los servicios de restaurantes y golosinas.

Posteriormente, la Superindustria determinó que “los signos Copelia/Cornelia no genera en el consumidor un riesgo de asociación, pues de la visión en conjunto, no pueden asociarse a un origen empresarial común, debido a las diferencias que presentan”. Asimismo, la dirección encontró que a marca Cornelia corresponde a un nombre propio, mientras que la marca notoria Copelia es de fantasía y no es equiparable con ninguna idea y, “por lo tanto, tampoco con la marca objeto de cancelación”, sentenció la SIC.

La Dirección coincidió en que Copelia es una marca notoria; Sin embargo, “en atención a que la marca Cornelia fue registrada en el año 2017, no se evidencia un posible riesgo de explotación de la reputación ajena”, concluyó.

Por estas razones, la Delegatura no encontró fundamento para acceder a las pretensiones del accionante -Yupi- y cancelar el registro de la maraca Cornelia

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