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Marcas

La zona CUC obtuvo su registro marcario pese a la oposición presentada por Cisco ante la SIC

Pese a que Cisco alegó similitudes en su parte gráfica, la opositora dijo que busca el mercado de radio y TV y no de telecomunicaciones

14 de julio de 2021

Esteban Feria


Bloomberg
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Corporación Universidad de la Costa CUC se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio solicitando el registro de la marca Zona Cuc (mixta) con el propósito de identificar servicios comprendidos en la categoría 41 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota la dirección y distribución de programas de radio y tv y sus derivados.

Por su parte, la compañía Cisco Technology Inc presentó un escrito de oposición al registro, acogiéndose a las causales de irregistrabilidad contenidas en el literal a) y h) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Al respecto, la multinacional de comunicaciones aseguró que el signo pretendido a registro contiene varias similitudes gráficas, pues se evidencia la presencia de un conjunto de líneas verticales largas y cortas e irregulares, muy similares a las contenidas en el logotipo de Cisco.

“El registro del signo pretendido puede generar un aprovechamiento injusto del prestigio de la reconocida marca notoria, pues son signos distintivos que se pueden asociar a un único origen empresarial”, comentó la sociedad opositora.

LOS CONTRASTES

  • Édgar Iván León RobayoProfesor de Universidad Sergio Arboleda

    “La declaración de notoriedad exige el perfeccionamiento de requisitos que no pueden ser desconocidos por empresarios. No aportarlos da lugar a desaprovechar una oportunidad valiosa en la gestión”.

Tras el recurso interpuesto, la Corporación Universidad de la Costa Cuc refutó los argumentos de Cisco, asegurando que su entidad es respetuosa de la propiedad intelectual de terceros y no busca afectar derechos adquiridos, pese a que no hay ninguna conexidad en los servicios.

“La marca Zona Cuc es un signo dirigido a identificar y promover nuestros programas de radio y televisión, por lo tanto, seguiremos adelante con el registro, teniendo en cuenta la no afectación de signos registrados previamente”, comentó la parte solicitante.

Luego de los elementos presentados, la SIC, a través de un análisis comparativo, determinó que el aspecto nominativo es el que prevalece dentro de los conjuntos, por ello no se encontró ninguna semejanza capaz de generar confusión.

“Los trazos que acompañan cada signo tienen diferentes dimensiones, extensión y ubicación dentro de los conjuntos, por lo cual no se producirían riesgos”, comentó el tribunal.

Por esta razón la Superindustria decidió negar la oposición de Cisco y conceder el registro de la marca Zona Cuc (mixta).

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