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Judicial

Actual gobernador de La Guajira, Wilmer González, condenado a 10 años de prisión

La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia lo acusó por los delitos de cohecho, corrupción al elector, fraude procesal, entre otros

13 de noviembre de 2018

Alejandro Valencia


Foto por: Colprensa
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El gobernador de La Guajira, Wilmer González Brito, fue condenado por la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia a 10 años de prisión y 15 días por los siguientes delitos: cohecho por dar u ofrecer, corrupción al elector, fraude procesal y falsedad en documento privado, explicó vía Twitter la instancia judicial.

Sumado a esto, se emitió una orden de captura contra el funcionario, el pago de una multa por más de $700 millones (999.98 salarios mínimos legales mensuales vigentes) y una sanción por ejercer cargos públicos por 11 años, según comunicó un boletín de la Corte.

Los magristrados Ramiro Alonso Marín Vásquez y el conjuez Julio Andrés Sampedro Arrubla, suscribieron la sentencia que explica que en la campaña de Gobernación de 2016, González Brito le pagó a concejales del municipio de Maicao para realizar proselitismo a su favor y entregar dádivas a los electores para comprar sus votos.

“Pagó dinero a la concejal Silvelly Solano Iguarán para que se valiera de su posición y realizará proselitismo político a su favor, entregó dinero a la cabildante para que ésta ofreciera dádivas a su grupo de votantes a cambio de votar por el acusado, no incluyó en el informe de ingresos y gastos de la campaña ni en sus soportes contables, los desembolsos realizados a Silvelly Solano, y utilizó dichos documentos espurios para buscar que el Consejo Nacional Electoral expidiera una resolución de reposición de gastos de la candidatura por sufragios", sostiene la providencia.

"El desmedro para la administración pública en casos como este resulta particularmente lesivo, pues conductas como la realizada por González Brito promueven una cultura de ingreso a cargos de elección popular con el único fin de obtener beneficios personales, en vez de tener como objetivo servir a la justicia en el trato a los ciudadanos y al bien común, flagelo que afecta gravemente al país y es fuente de inequidad social", explicó la sentencia.

La defensa apeló la decisión cuando se acabó la lectura del fallo.

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