Biozol no pasó la prueba ante la Superindustria
Después de que la empresa Biofluidos & Farma solicitara el registro de su marca Biozol y este fuera concedido en primera instancia por la SIC, tres importantes laboratorios de la industria farmacéutica como Bussié, LaFrancol y Synthesis se opusieron al registro sin tener éxito. No obstante Shyntesis no se conformó con el fallo y llevó el caso a un segundo momento, apelando la primera decisión ante la Delegatura de Propiedad Industrial con el objetivo de frenar el registro del signo solicitado.
El opositor alegaba que la marca estaba inmersa en las causales de irregistrabilidad, dado que presentaba similitudes en su fonética, gramática y ortografía con el signo registrado Biopsol, situación que causaría en el consumidor confusiones de origen y producto.
Según la Superindustria los argumentos presentados por Synthesis fueron suficientes para revaluar la primera decisión y estudiar a fondo el contenido de la marca solicitada, situación que llevó a la SIC a revocar el primer fallo y declarar fundada la oposición; pues afirmó que ambas marcas no podían coexistir libremente en el mercado dadas sus similitudes, adicionalmente fundamentó su decisión aclarando que la entidad debe tener particular precaución a la hora de registrar marcas que pretendan identificar medicamentos (productos clase 5) pues la salud del consumidor podría estar en riesgo.
La especialista en derecho administrativo Gisela Laitón Ardila aseguró que la decisión de la SIC fue correcta puesto que Biozol no cumplía con los parámetros para ser registrada y, el consumidor sería el directamente afectado. Además explicó por qué se niegan este tipo de signos y dijo: “cuando dentro de una marca se usan prefijos o sufijos comunes, el estudio de registrabilidad debe basarse en la restante nominación, por tanto las dos marcas objetos de pronunciamiento tienen el prefijo Bio que es de uso común, pero además el sufijo Zol y Psol no son suficientemente diferenciables ni gramatical ni fonéticamente; por lo cual el único camino era como se hizo, negar el registro”.
Finalmente, Hasbleydi Calvo, gerente legal de la firma B&R Latin America objetó la decisión y dijo que “el uso que confiere el derecho obtenido a través del registro de una marca compuesta por palabras de uso común, descarta la posibilidad de ser exclusivas para su titular. Por esta razón, el examen de registrabilidad debería ser más exhaustivo; situación que no se ve reflejada en la decisión de este caso”.
A pesar de que fueron tres las empresas opositoras solo una logró prosperar en la lucha marcaria. La Superindustria declaró infundadas las oposiciones de los otros dos laboratorios, sin embargo, también se vieron beneficiados con la decisión.
Las opiniones
Gisela Laitón Ardila
Especialista en derecho administrativo
“Cuando dentro de una marca se usan prefijos o sufijos comunes, el estudio de registro debe basarse en la restante nominación, por tanto las dos marcas no son muy diferentes en su grmática y fonética”.
Hasbleydi Calvo
Gerente de la firma B&R Latin America
“El uso que confiere el derecho obtenido a través del registro de una marca compuesta por palabras de uso común, descarta la posibilidad de que sean exclusivas para su titular”.
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