Corte Constitucional dice que el teletrabajo debe cubrir extras, dominicales y festivos
El teletrabajador está cubierto también por el reconocimiento de horas extras de trabajo, además de turnos en horarios nocturnos
22 de abril de 2021La Corte Constitucional afirmó que la reglamentación legislativa del teletrabajo incluyó el pago de horas extra, dominicales y festivos, puesto que las personas que teletrabajan incluyen cargas extra. La Corte añadió que si el teletrabajador debe trabajar más de lo normal o excede su horario de trabajo tendrá derecho a recibir bonificaciones.
“El teletrabajador, a petición del empleador, se mantiene en la jornada laboral más de lo previsto en el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo y de la Seguridad Social, o le asigna más trabajo del normal, el pago de horas extras, dominicales y festivos se le dará el mismo tratamiento de cualquier otro empleado”, dice uno de los parágrafos de la norma.
Los demandantes afirmaron que la norma desconocía el derecho a la igualdad frente a otros trabajadores porque, presuntamente, excluía a las personas que trabajan desde casa pues no se les reconocía las horas extras o el trabajo nocturno.
Según la Procuraduría General de la Nación, el teletrabajo es una organización laboral en que se prestan servicios y se desempeñan actividades remuneradas a través de tecnologías de la información, razón por la cual el trabajador no debe asistir de forma presencial a un sitio.
A la Corte, sin embargo, llegó un concepto en que se aseguró que los demandantes no interpretaron de forma correcta la norma pues, una lectura de la norma permitiría concluir a quien la analiza que las medidas a los trabajadores ordinarios también cubren a las personas que desarrollan sus actividades a través del teletrabajo.
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